Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6404/22

Ordenanza Nº 6404/22

General Villegas, 24/11/2022

VISTO:

El art. 27, inc. 4, de la Ley Orgánica de las Municipalidades que otorga facultades al Honorable Concejo Deliberante para asignar nombres a calles y sitios públicos del Partido de General Villegas. Y;

CONSIDERANDO:

Que la plazoleta ubicada en la Avenida Int. H. Compagnucci, entre las calle J. A. Roca y Avellaneda de la ciudad de General Villegas carece de nombre que la identifique.

Que, a su vez, existe un pedido de familiares del Bombero fallecido, Sr. Horacio Christiansen, solicitando la asignación de su nombre a dicha plazoleta.

Que sería honroso para nuestra comunidad destacar el servicio de una persona como Horacio Christiansen que dedico toda su vida a cuidar la defensa civil de nuestro pueblo y que presidio el cuerpo activo de Bomberos Voluntarios durante muchísimos años.

Que la carrera de Horacio Christiansen comienza un 19 de junio del año 1973, cuando ingresa como bombero voluntario con tan solo 18 años.  Que, a los 31 años, se lo designa jefe del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios, cumpliendo ese rol por más de 20 años.

Que culminó su carrera el 10 de junio del año 2013 con su pase a reserva, luego de 40 años de servicio en la Institución. 

Que Horacio dejo huellas en el transcurso de su carrera, brindando a la comunidad toda su entrega, su experiencia, su solidaridad y su amor al prójimo.

Que sus compañeros reconocen en él su sentido paternal, su liderazgo positivo, su vocación de servicio estimulando a sus pares con la palabra y el ejemplo.

Que Horacio Christiansen no solo fue un referente para el partido de General Villegas, sino a nivel Provincial, donde se destacó por su conocimiento, trayectoria y compromiso.

Que merece un reconocimiento en virtud de su labor social y solidaria.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Asignase el nombre de HORACIO CHRISTIANSEN a la plazoleta pública ubicada en calle Avenida Int. H. Compagnucci, entre las calles J. A. Roca y Avellaneda de la ciudad de General Villegas. -

 

ARTÍCULO 2: Envíese copia de la presente a la Familia Christiansen y a la Institución Bomberos Voluntarios de General Villegas. -

 

ARTÍCULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.