Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6390/22
General Villegas, 10/11/2022
VISTO:
El Expediente N° 12354/21, iniciado por la Directora de Rentas, elevando anteproyecto de modificación de Ordenanza N° 4683, propiciando la ampliación del Sector de Zona de Edificación Necesaria en la ciudad cabecera; y
CONSIDERANDO:
Que la Secretaria de Presupuesto, Hacienda y Finanzas, tomó conocimientos y no formuló objeciones al anteproyecto de ordenanza propuesto. La Secretaría de Planificación y Desarrollo Territorial interviene a fojas 6, sugiriendo efectuar modificaciones en la ampliación solicitada dado que involucra inmuebles que se encuentran en zona complementaria y no tienen los servicios de infraestructura básica. La Dirección de Asuntos Jurídicos previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza sugiere que el área de planificación aclare el radio comprendido y posteriormente se ponga a consideración de la oficina peticionante.
Que la Dirección de Rentas a fojas 13 solicita que el radio afectado por el gravamen Zona de Edificación Necesaria quede comprendido por el cuadrante que abarca las calles Avda. Juan Chassaing Sur, Carlos María de Alvear, Avda. Cacique Pincen, Juan Lavalle, Miguel de Irigoyen, Bartolomé Mitre, Castelli, Avda. Juan Chassaing Este, Vieytes, Bartolomé Mitre, Miguel de Azcuénaga hasta Pueyrredon y de calle Ulla hasta Avda. Chassaing Sur. Considere aplicable a la acera comprendida hacia el núcleo histórico de la Ciudad.
Que la Ley N° 8912 en su artículo 84 habilita al Municipio a través de planes y ordenanzas específicas a declarar el parcelamiento y/o edificación obligatoria de inmuebles baldíos o con edificación derruida o paralizada. En tanto el artículo 85 última parte define al parcelamiento o edificación concluida como el completamiento de las obras previstas con las conexiones a los servicios necesarios para permitir su habilitación.
Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo en los términos de la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Amplíese la Zona de edificación necesaria establecida en el artículo primero de la Ordenanza N° 4683, quedando delimitada por el cuadrante comprendido entre las calles Avda. Juan Chassaing sur, C.M. de Alvear, Avda. Cacique Pincén, Juan Lavalle, M. Irigoyen, B. Mitre, Castelli, Avda. Juan Chassaing Este, Vieytes, B. Mitre, Miguel de Azcuénaga hasta Pueyrredon y de calle Ulla hasta Chassaing Sur. Considere aplicable a la acera comprendida hacia el núcleo histórico de la Ciudad.
ARTÍCULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.