Boletines/Chascomús
Resolución Nº 301/22
Chascomús, 07/12/2022
Visto
El Expediente Electrónico EX-2022-00021103-CHASCOMUS-MESA#SG, caratulado: “Solicitud de eximición de patente automotor Dominio KNC817” iniciado por la Sra. RODRIGUEZ, Laura”, y
Considerando
Que la peticionante solicita la eximición del Impuesto Automotor del vehículo Marca VOLKSWAGEN MODELO PK SURAN 1.6.L 5D I MOTION 21C, Año 2011, Dominio: KNC817.
Que agrega copia del Certificado Único de Discapacidad (vencimiento 21-10-2025), de su hijo BIAIN RODRIGUEZ, Benicio, DNI 57.985.058 y se acredita la titularidad del vehículo con una copia del título de propiedad del mismo.
Que tratándose del Impuesto a los Automotores, resulta de aplicación en forma análoga la normativa provincial respecto de los vehículos “municipalizados”, según lo previsto en el Decreto 226/03 del Poder Ejecutivo Provincia.
Que en relación al tema planteado, el inciso f) del artículo 243º del Código Fiscal reconoce el beneficio de exención del pago de impuesto al automotor, cuando el mismo esté a nombre del discapacitado o afectado a su servicio.
Que en éste último caso, indica la norma, “el titular deberá ser el cónyuge, ascendiente, progenitor afín en los términos de los artículos 672 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, descendiente, colateral en segundo grado, tutor, curador o guardador judicial, la persona que sea designada apoyo en los términos del artículo 43 del Código Civil y Comercial de la Nación conforme las facultades conferidas en la sentencia que lo establezca, o la pareja conviviente cuando acredite un plazo de convivencia no menor a dos (2) años mediante información sumaria judicial o inscripción en el Registro de Uniones Convivenciales”.
Que se adjunta el Informe de Deuda, que data del período 1/2018.
Que habiéndose acreditado la titularidad del 100% del vehículo, y que ha presentado CUD expedido en los términos de la ley 22.431, resulta procedente otorgar la exención de pago del Impuesto a los Automotores en UN 100% (conf. Ley 15.079) siempre que no se verifiquen cambios de alguna de las circunstancias que dan origen a la presente eximición, debiendo la solicitante previamente suscribir convenio de pago por la deuda anterior al período fiscal vigente.
Que la Dirección de Asuntos Legales ha dictaminado que corresponde otorgar la exención solicitada, debiendo suscribir convenio de pago por la deuda correspondiente a los períodos anteriores.
Por ello el Sr. Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) en uso de sus atribuciones
RESUELVE
ARTÍCULO 1º Exímase del pago del Impuesto Automotor correspondiente al vehículo Marca VOLKSWAGEN MODELO PK SURAN 1.6.L, 5D I MOTION 21C, Año 2011, Dominio: KNC817, propiedad de la Sra. RODRIGUEZ, Laura Andrea, DNI. 26.457.985 domiciliada en calle Casalins N° 479 de la ciudad de Chascomús con domicilio electrónico constituido tatirodriguez10@hotmail.com en tanto no se modifiquen las circunstancias que originaron el otorgamiento del beneficio, y previo pago de la deuda de los períodos anteriores, de conformidad con las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese de forma digital a Secretaría Privada, Contaduría, a ARBA Municipal y peticionante en tatirodriguez10@hotmail.com.-
ARTÍCULO 3°.-Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-