Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1150/22
Chascomús, 15/12/2022
DIAS NO LABORABLES ÁMBITO MUNICIPAL 23,24,30 Y 31 DE DICIEMBRE/22
Visto
El Decreto Nº 820-APN-PTE del día 10 de Diciembre de 2022; y
Considerando
Que mediante el citado Decreto se declaró asueto administrativo en el ámbito de la Administración Pública Nacional para los días 23 y 30 de Diciembre.
Que a tal fin debe tenerse en cuenta las distintas jornadas de trabajo que se cumplen en las Dependencias Municipales.
Que debe considerarse la cobertura de los servicios esenciales, mediante guardias que garanticen la continuidad de los mismos.
Que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo para todas las familias que habitan nuestro Territorio.
Que con el objeto de facilitar las reuniones familiares que se realizan en dichas fechas, resulta conveniente posibilitar el encuentro de quienes, por diversos motivos, se domicilian lejos de sus seres queridos.
Que, como consecuencia de las mismas, la circulación en las rutas se incrementa considerablemente, siendo necesario procurar medidas para asegurar el resguardo de los ciudadanos que deban trasladarse.
Que la Ley 20.744 establece en su Artículo 167º – “Días no laborables. Opción: en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme determine la reglamentación.”.
Que resulta necesario dictar el acto administrativo pertinente en el ámbito municipal para los días 23, 24, 30 y 31 de Diciembre de 2022.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Declárense días no laborables en el ámbito Municipal, los días 23, 24, 30 y 31 de Diciembre de 2022.-
ARTÍCULO 2º.- A fin de garantizar los servicios esenciales se convoca a trabajar los días mencionados en el artículo precedente al personal dependiente de:
ARTICULO 3°.- Notifíquese a Secretaría de Privada, Secretarias Municipales, Dirección de RR.HH., Contaduría, Dirección de Comunicación. -
ARTICULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro). -
ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, publíquese y dese al Registro Municipal y archívese.-