Boletines/Chascomús
Decreto Nº 1129/22
Chascomús, 07/12/2022
DESIGNACION AUTORIDADES C.O.U.T
Visto
El Expediente Administrativo N° 4030-159523, caratulado “Nombramiento de Autoridades que integran el Consejo de Ordenamiento Urbano Territorial (C.O.U.T.)”; y
Considerando
Que la Ordenanza N° 2881 creó el Consejo de Ordenamiento Urbano Territorial (C.O.U.T.) y mediante Decreto N° 1329/05 se reglamentó su funcionamiento.
Que resulta necesario contar con el nombramiento de miembros profesionales perteneciente a los respectivos Colegio Profesionales que integran el C.O.U.T., encargados de reformular y considerar normas de gran impacto urbanístico en nuestra ciudad.
Que cada colegio profesional que integra el C.O.U.T. será representado por uno de sus miembros los que deberán cumplimentar con los deberes y atribuciones dispuestos por el Decreto Nº 1329/05.
Que cada uno de los Colegios Profesionales intervinientes ha designado al miembro que lo representará en el Consejo por lo que resulta conveniente y necesario dictar el acto administrativo que así lo disponga.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO 1º.- Serán miembros integrantes Permanentes del COUT por el término de dos (2) años las siguientes personas y con los cargos que a continuación se detallan:
Presidente: Ing. Juan Pablo CANDIOTTO.
Vicepresidente: Arq. Nicolás Cayetano PÉCORA.
Representantes:
Titular: Técnico Arnaldo BELLINGERI.
Suplente: Técnico Norberto ROSALES.
Titular: Dr. Martín TORRES.
Suplente: Dr. José Ignacio OCHOA.
Titular: Arq. Nicolás C. PÉCORA.
Suplente: Arq. Facundo E. CAMPOS.
Titular: Jorge Manuel ALDATZ.
Suplente: Silvia Edith SUÁREZ.
Titular: Ing. Juan Pablo CANDIOTTO.
Suplente: Ing. Abelardo TEJO.
Los Colegios Profesionales que integran el C.O.U.T. deberán informar por escrito cualquier cambio del miembro designado para ejercer su representación.-
ARTÍCULO 2º.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Subsecretaría de Tierras y Urbanismo, Dirección de Obras Privadas, miembros designados y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 4º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-