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Ordenanza Nº21020

Ordenanza Nº 21020

Bahia Blanca, 28/12/2022

VISTO

La presentación efectuada por la Fundación Médica Bahía Blanca (FUMEBA) solicitando exención de pago de las tasas municipales que gravan los inmuebles partidas 11506 y 20.409, y

CONSIDERANDO

Que según se informa a fojas 13, la Fundación Médica Bahía Blanca se encuentra inscripta en el Registro Municipal como entidad de Bien Público, bajo el número 315.

Que tal como aclara el Departamento Catastro, el inmueble partida 11.506 se trata de un baldío.

Que tal como disponen los artículos 83 inciso c) y 270 de la Ordenanza Fiscal, las instituciones con fines asistenciales pueden gozar del beneficio que aquí se peticiona, hasta el 80% del importe de la tasa.

Que conforme lo expuesto, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de:

 

ORDENANZA

 

Artículo 1º – Concédese a la Fundación Médica Bahía Blanca (FUMEBA) una exención de pago de hasta el 80% respecto de la Tasa de Alumbrado y Conservación de la Vía Publica y Tasa de Salud que gravan la partida 20.409 desde la cuota 07/2022.

Artículo 2° - Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-