Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3991
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 21/12/2022
Vistas las presentes actuaciones, originadas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente de la Secretaría de Políticas Sociales, referidas a la adquisición de alimentos no perecederos, con destino a Centros de Día, por el periodo comprendido entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2023 - conforme solicitud de pedido Nº 6358/2022 y;
CONSIDERANDO:
Que, se efectuó la correspondiente Licitación Privada Nº 6358/2022, recibiéndose la propuesta económica de dos (2) firmas inscriptas en el Registro de Proveedores de las once (11) que fueran invitadas a cotizar, según consta en los certificados de notificación obrantes de fojas 57 a 67;
Que, la Ley Orgánica de las Municipalidades, prescribe en su Artículo Nº 199: “Es obligación del Jefe de Compras comprobar y certificar la efectiva recepción de los artículos adquiridos por la Municipalidad. Será personalmente responsable de los perjuicios que se produzcan a consecuencia de los ingresos que certifique sin estar fundado en la verdad de los hechos. El Intendente lo podrá autorizar, cuando el volumen de trabajo lo justifique, a delegar dicha tarea en otros funcionarios, quienes asumirán la misma responsabilidad establecida precedentemente.”;
Que, el Departamento Compras realiza la sugerencia de adjudicación a fojas 152, informando que la presente adjudicación se realizó de acuerdo al catálogo de marcas vigentes;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades:
- DECRETA -
ARTÍCULO 1º)- Adjudicar a DI LUCA ARNALDO ADRIAN (Proveedor Nº 5.161), la provisión de los ítems Nº 1 a 3, 9, 11, 14, 15, 18 a 21, 26 a 29, 31, 32, 36, 41, 42, 44, 45, 47, 48, 51 a 56, 58, 59, 64, 65, 72, 73, 75, 77, 79, 80 y 82, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas requeridas y los ítems N° 4 a 6, 12, 17, 38, 60, 70, 71, 74 y 78, por única oferta presentada conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS DOS MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($2.304.861,61.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 2º)- Adjudicar a DISPROAL DE VASILI HNOS S.A. (Proveedor Nº 7.962), la provisión de los ítems Nº 7, 8, 13, 16, 22 a 25, 30, 33 a 35, 37, 39, 40, 43, 46, 49, 50, 57, 61, 62, 66, 68, 69 y 81, por mejor oferta económica que cumple con las especificaciones técnicas requeridas y los ítems N° 10, 67 y 76, por única oferta presentada conveniente a los intereses municipales, por la suma total de PESOS SETECIENTOS DIECIOCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE CON TREINTA Y CINCO CENTAVOS ($718.867,35.-), en un todo de acuerdo a lo requerido en el presente expediente.
ARTÍCULO 3º)- Dejar constancia que el ítem N° 63 no se adjudica por superar ampliamente el valor preventivo.-
ARTÍCULO 4º)- Dejar constancia que las y los responsables de la recepción y control de la mercadería serán los agentes: Mónica Fuidio, Legajo Nº 11.139 y Juanita Carbia, Legajo Nº 13.980 (Hogar Refugio), Paula Sagasti, Legajo N° 12.253 y Karina Campos, Legajo N° 15.169 (Casa de Abrigo 2), Leticia Astenza, Legajo Nº 15.655 y Marianella Migliavaca, Legajo Nº 16.428 (Cantilo), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Envión), Mónica Angellini, Legajo Nº 12.335 y Nélida Arhex, Legajo Nº 6.053 (C. Cap. y Promoc. Villa Miramar), Mariela Cuello, Legajo Nº 11.769 y Mónica González, Legajo Nº 16.133 (Casa de Abrigo 1), Elizabeth Lertora, Legajo Nº 12.796 (Autonomía Joven), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 (Sueño de Barrilete), Adriana Plischuk, Legajo Nº 6.377 y Javier Bellabarba, Legajo Nº 11.616 (Sistema de Amas), Rosana Colli, Legajo Nº 6.338 y Natalia Olmos, Legajo Nº 13.977 (Jóvenes por los Jóvenes), German Roth, Legajo Nº 14.507 y Valeria Vauchelet, Legajo Nº 13.587 (Hogar Peumayen), Patricia Campos, Legajo N° 6.030 y Adriana Cerolini, Legajo N° 6.859 (EPI Mi Lugar), Victor Jaramillo, Legajo Nº 11.555 y Sergio Scandalupi, Legajo Nº 13.792 (Hogar del Adolescente), Pamela Ayala, Legajo Nº 15.613 y Pamela Henriquez, Legajo Nº 13.993 (Mamás Cuidadoras), Araceli Uthurralt, Legajo Nº 6.994 y Luciana Pascual, Legajo Nº 13.979 (Casa del Niño de Ingeniero White), Olga Faath, Legajo Nº 12.269 y Melisa Barrera, Legajo 16.414 (Casa del Niño de Villa Rosas), en un todo de acuerdo a lo establecido por el Artículo Nº 199 de la Ley Orgánica de las Municipalidades e informe obrante a fojas 8 y 152 vuelta.
ARTÍCULO 5º)- Cumplir, notificar, dar al R.O., tomar nota Departamento de Compras, y demás dependencias que correspondan; hecho: ARCHIVAR.-