Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3943

Decreto Nº 3943

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/12/2022

Vistos estos actuados por los que se tramita la Contratación Directa N.º 417R-7543-2022.- para la ejecución de la obra “EXTENSIÓN DE RED DE DESAGUES CLOACALES EN CALLE RIGAMONTI ENTRE ALVARADO Y NICARAGUA - AMBAS ACERAS - 1 CUADRA” realizada mediante el sistema de contratación "Ajuste Alzado"; y:

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 se encuentra el informe del Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcio, del que surge que la única propuesta presentada es  de la Empresa INTELPURA S.A  que cotizó por un monto de $ 3.313.769,00  al igual que el presupuesto oficial.

Que el citado Departamento, hace mención a las empresas SVARA S.A y a la EMPRESA CONSTRUCTORA LUIS PEINADO quienes hicieron retiro de la documentación técnica, obrante a fojas 17/18.

Que el Departamento técnico expresa que la oferta más económica y conveniente corresponde a la empresa  INTELPURA S.A., por lo que sugiere su adjudicación por un monto $ 3.313.769,00.

Que el Departamento de Registro de Licitadores y Obras por Consorcio y el Departamento Compras a fojas 20 vta, no formulan observación alguna.

Que por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta que la presente obra se ha cargado a Sistema RAFAM, según consta Solicitud de Pedido Nº 417R-7543-2022, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- DECRETA -

ARTICULO 1°: Adjudiquese a la empresa INTELPURA S.A., la obra “EXTENSIÓN DE RED DE DESAGUES CLOACALES EN CALLE RIGAMONTI ENTRE ALVARADO Y NICARAGUA - AMBAS ACERAS - 1 CUADRA ” realizada mediante el sistema de contratación Ajuste Alzado, por un monto de PESOS TRES MILLONES TRECIENTOS TRECE MIL SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE ($3.313.769,00)de acuerdo a su propuesta presentada  de fs. 3 a fs. 16  y antecedentes obrantes en expediente Nº 417R-7543-2022.-

ARTICULO 2°: El gasto originado deberá imputarse a la Partida Fuente 140, Categoría Prog. 51.79.00, Jurisdicción 1110105000, Gasto 4.2.2.0, del Presupuesto de Gastos vigente.-

ARTICULO 3°: Hágase saber a la Empresa adjudicataria que, dentro de los diez (10) días a partir de la fecha de su notificación, deberá presentar la garantía de contrato debidamente legalizada, y concurrir a firmar el mismo, advirtiéndosele que en caso de incumplimiento se adoptarán las medidas establecidas en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales, de acuerdo a lo estipulado en la Memoria Descriptiva.

ARTICULO 4°: Cúmplase; dése al R.O.; comuníquese a la empresa interesada. Tome conocimiento Departamento Compras, Contaduría General y el Departamento Registro de Licitadores y Obras por Consorcio y la División de Consorcio y Obras Básicas.-