Boletines/Bahia Blanca

Decreto Nº3700

Decreto Nº 3700

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/12/2022

VISTO el presente expediente, mediante el cual tramita el pago de la redeterminación de precios definitiva correspondiente a los Certificados Nº 1, 2 y 3, de la obra: “EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO ALTOS DEL PALIHUE - 39 CUADRAS” ejecutada por la empresa SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 el Departamento Vialidad informa que se realiza la revisión de la redeterminación de precios definitiva presentada por la Empresa Schlosser Ingeniería, en la cual se tomaron como valores de referencia los índices publicados por el Ministerio de Infraestructura Provincial.

Que la solicitud de la adecuación fue realizada por la empresa dentro de los plazos previstos como establece en el Artículo 92 inciso B del Pliego de Bases y Condiciones Generales.

Que de la revisión de las redeterminaciones de precios presentada por la Empresa Schlosser Ingeniería de Carlos Schlosser, surgen diferencias con la realizada por este departamento debido al redondeo de decimales y a la utilización de diferentes valores de referencia en el armado del coeficiente compuesto de hormigón.

Que de fojas 40 a 68, se elevan planillas de análisis de precios redeterminados de los certificados Nº 1, 2 y 3,  para la obra a cargo de la Empresa SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser., cuya Fecha de Licitación: 27/12/2021, Fecha de Contrato: 31/01/2022, Plazo de obra: 365 días, Acta de Replanteo: 13/03/2022.

Certificado N° 1: (mes de ejecución de los trabajos: Abril - 2022). Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de licitación (Diciembre 2021) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 1: Abril-2022, por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Abril de 2022.

Mes de Ejecución de los Trabajos: Abril - 2022

Monto Redet. Certificado N° 1 (Definitivo): $1.468.191,76 (Actualizado Abr-22)
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $440.457,53
Monto Final a Pagar Certificado N° 1 (Definitivo): $1.027.734,23 (Actualizado Abr-22)

Certificado N° 2: (mes de ejecución de los trabajos: Mayo - 2022). Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Abril 2022) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 2: Mayo-2022, por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Mayo de 2022.

Mes de Ejecución de los Trabajos: Mayo - 2022

Monto Redet. Certificado N° 2 (Definitivo): $3.215.206,79 (Actualizado May-22)
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $964.562,04
Monto Final a Pagar Certificado N° 2 (Definitivo): $2.250.644,75 (Actualizado May-22)

Certificado N° 3: (mes de ejecución de los trabajos: Junio - 2022). Se produce una variación de precios superior al 5% entre los precios unitarios de la última redeterminación (Mayo 2022) y los correspondientes al mes de medición de los trabajos pertenecientes al Certificado N° 3: Junio-2022, por lo cual correspondería actualizar el Certificado, a los precios redeterminados al mes de Junio de 2022.

Mes de Ejecución de los Trabajos: Junio - 2022

Monto Redet. Certificado N° 3 (Definitivo): $2.567.716,52 (Actualizado Jun-22)
Descuento por Anticipo Financiero 30%: $770.314,96
Monto Final a Pagar Certificado N° 3 (Definitivo): $1.797.401,56 (Actualizado Jun-22)

Que la diferencia a abonar por el ajuste entre el Importe de las Redeterminaciones Provisorias (Dec. 2523/2022 y Dec. 2679/2022) con Descuento del Anticipo Financiero de los Certificados 1, 2 y 3  de $3.556.042,38.- y el Importe de las Redeterminaciones Definitivas con Descuento del Anticipo Financiero  de los Certificados mencionados de $5.075.780,54.-, asciende a $1.519.738,16.-

Que a fojas 69 el informe de la abogada del Municipio deja constancia que el análisis deberá ajustarse a lo establecido por el Art. 92° inc. b del Pliego de Bases y Condiciones Generales, respecto a los plazos previstos, en caso que exista extemporaneidad en la presentación de los pedidos de redeterminación, dejando aclarado que la misma deberá rechazarse. Agrega en su dictamen que en el presente caso no hay impedimento legal alguno para la aprobación del pedido  de redeterminación en caracter definitivo según Decreto provincial n° 2113-02 conforme a los términos del informe técnico, por lo cual el mismo debe prosperar en los términos y condiciones establecido por el Pliego de Base y Condiciones  y el Decreto 1505/20. 

Por lo expuesto, teniendo en cuenta los antecedentes obrantes en el presente expediente, de los que surge que corresponde aprobar la redeterminación, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

- D E C R E T A -

Artículo 1º: Aprúebase la Redeterminación de Precios Definitiva presentada por la empresa SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser por los Certificados Nº 1, 2 y 3 de la obra: "EXTENSIÓN DE LA RED DE DESAGÜES CLOACALES EN CALLES DEL BARRIO ALTOS DE PALIHUE - 39 CUADRAS", por un importe total de PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS DIECINUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON DIECISÉIS CENTAVOS CENTAVOS ($ 1.519.738,16), en un todo de acuerdo con los considerandos y  antecedentes obrantes en el Expte. 417R-7414-2022.-

Articulo 2°: La redeterminación aprobada en el articulo 1° tiene carácter provisorio y es a cuenta de lo que en más o en menos resulte de la redeterminación definitiva dispuesta según Decreto 2113/02.-

Artículo 3º: El gasto precedente deberá imputarse a la Partida Fuente 131, Jurisdicción 1110105000, Cat. Progr. 51.75.00, Gasto 4.2.2.0 del Presupuesto de Gastos vigente. El pago de la presente redeterminación se realizará por expedientillo.-

Artículo 4º: Cúmplase; dése al RO.; pase al Departamento Compras para la confección de la Orden de Compra correspondiente, notifíquese a la firma SCHLOSSER INGENIERÍA de Carlos Schlosser por intermedio del Departamento Vialidad, tome conocimiento el citado Departamento. Cumplido ARCHÍVESE.-