Boletines/Bahia Blanca
Ordenanza Nº 20776
Bahia Blanca, 28/07/2022
VISTO
El proyecto de ordenanza obrante a fojas 9, en el cual el señor Gerardo DA COSTA, apoderado de la Empresa REMIS UNIVERSITARIO S.R.L., solicita una prórroga por excepción en el vencimiento de ocho unidades del servicio VIP que la empresa posee, y;
CONSIDERANDO
Que, el pedido de prórroga se debe a la falta de trabajo e incapacidad económica para poder realizar dicho cambio.
Que, según lo informado por la División Transporte Urbano a fojas 7, los vehículos se encuentran en condiciones técnicas, estéticas para el desarrollo de la actividad.
Que, dicha División ve factible poder otorgar el plazo hasta el 31 de diciembre de 2022, fecha en la cual, se cumplirían 2 (dos) años de prórroga del vencimiento actual para los modelos de vehículos 2015 y 1 (un) año correspondiente al vencimiento de los modelos 2016.
Que, cumplido dicho plazo, el interesado tendrá que cambiar cada vehículo por uno que encuadre dentro de lo establecido en el Decreto nº 159/2009, Artículo nº 2.
Que, a fojas 3 y 4 se adjunta listado de unidades del servicio VIP de la empresa REMIS UNIVERSITARIO S.R.L.
Que, a fojas 5 y 6 consta el libre deuda de recaudación e ingresos públicos por el Departamento de Ingresos y Política Fiscal.
Por todo lo expuesto y teniendo en cuenta lo informado por la Dirección General de Movilidad Urbana, el Honorable Concejo Deliberante en uso de sus facultades, sanciona con fuerza de
ORDENANZA
ARTICULO 1º – Otórguese a la Empresa REMIS UNIVERSITARIO S.R.L., una prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022, en el vencimiento de los vehículos que se detallan a continuación:
Registro |
Marca/Modelo |
Año |
Modelo |
500 |
Renault/Fluence |
2015 |
PFV-128 |
506 |
Volkswagen/Vento |
2015 |
OSZ-636 |
510 |
Renault/Fluence |
2015 |
OPN-341 |
527 |
Peugeot/408 |
2015 |
OWF-287 |
530 |
Fiat/Gran Siena |
2015 |
OTG-967 |
521 |
Renault/Fluence |
2016 |
PLY-173 |
531 |
Toyota/Corolla |
2016 |
PQG-092 |
ARTICULO 2º – Déjase establecido que cumplido ese tiempo, el interesado tendrá que cambiar el vehículo por uno que encuadre dentro de lo establecido en el Decreto nº 159/2009 Artículo nº 2.
ARTICULO 3º – Comuníquese al Departamento Ejecutivo para su cumplimiento.-