Boletines/Chascomús

Ordenanza Nº5688/22

Ordenanza Nº 5688/22

Chascomús, 24/11/2022

VISTO:

Los Expedientes Administrativos N°4030-158427/M caratulado “Informe de maquinaria fuera de uso Motoniveladora Cheng Chong RP 3840- Motoniveladora Cheng Chong RP 3389- Motoniveladora Huber Wabco motor 4A92106RCMotoniveladora Astarsa Serie 736/60”, N° 4030-158427/M Alc 1 caratulado “Compactadora de Arrastre Grospal RP 8663- Informe máquina fuera de uso” y N° 4030-158748 caratulado “Baja por encontrarse en desuso Topadora Fiat Allis RP 3463. Retroexcavadora Samsung Dominio AAQ 31”, iniciados por la Secretaria de Servicios Públicos y Expediente Administrativo N° 4030-157996/M Alc 1 caratulado “Bienes municipales en desuso. Baja patrimonial”, iniciado por la Dirección de Patrimonio, y

CONSIDERANDO:

Que obran informes en los Expedientes Administrativos 4030- 158427/M y 4030-157996/M Alc 1 por parte del Secretario de Servicios Públicos, sobre máquinas que se encuentran fuera de uso, solicitando la baja de las mismas por ser excesivamente costosos su reparación.-

Que las maquinas fuera de uso son, Motoniveladora Cheng Chong 1320 Serie 120 RP 3389; Motoniveladora Cheng Chong 1320 Serie 119 RP 3840; Motoniveladora Huber Wabco año 1970, motor 4A92106RC; Retroexcavadora Pristsman Mustang 120 MK111/90 RP 2363; y Retroexcavadora c/ pala cargadora Klia 200 RP 3407.-

Que asimismo en el Expediente Administrativo N° 4030-157996/M Alc. 1 a fojas 122/125 y 209/212 obra informe emitido por Patrimonio, confeccionando un listado de los diversos bienes municipales que se encuentran en desuso, consecuencia de su desgaste e imposibilidad de reparación, solicitando la baja de los mismos.-

Que se trata de bienes que han cumplido su vida útil o que se encuentran en un estado de deterioro generalizado, con daños irrecuperables y/o que los costos de reparación se asemejan a los de reposición.-

Que conforme los arts. 167 y 168 de la LOM, la contabilidad municipal tendrá por base el inventario general de bienes debiéndose registrar las bajas y altas de inventario.-

Que a fs. 2 del Expediente Administrativo N° 4030-158427/M, a fojas 6 del Expediente Administrativo N° 4030-158427/M Alc. 1 y a fojas 15 del Expediente Administrativo N° 4030-158748 obran informes del Secretario Servicios Públicos, solicitando autorización para efectuar la venta de una Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60 , Topadora Fiat Allis, RP 3463, Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31 y Compactadora de Arrastre RP 8663.-

Que, de los informes producidos sobre el estado de conservación de los Bienes, ilustrando con fotografías, surge la necesidad del reemplazo de dichas unidades.-

Que la venta de los bienes posibilita generar ingresos económicos para la adquisición de nuevas herramientas para la Secretaria de Servicios Públicos.-

Que incumbe, previo a la decisión de retiro fuera de servicio y venta, desafectarlo del Patrimonio Municipal.-

Que corresponde al Departamento Deliberativo autorizar la venta de Bienes Municipales según el artículo 54 de la L.O.M.-

Que concierne destacar que, en materia de venta de bienes municipales, el artículo 159 del Decreto-Ley Nº 6769/58 establece la regla general según la cual los mismos serán enajenados por remate o licitación pública, disponiendo a continuación las excepciones a ese principio (licitación privada, concurso de precios o venta directa). Dicha regla es de aplicación a toda clase de bienes municipales, aún a aquellos muy antiguos, inservibles o sin valor alguno, los que en tal caso deberán ser subastados como chatarra o como bienes en condición de rezago, sin perjuicio de la posibilidad de su transferencia a título gratuito, con ajuste a lo dispuesto por la primera parte del artículo 56 del texto legal citado.-

Sin perjuicio de ello, en todos los casos las enajenaciones de bienes deberán ser autorizadas por el Concejo Deliberante y llevadas a cabo por el Departamento ejecutivo (artículos 55 y 158 de la L.O.M.).-

Que para tal fin corresponde la intervención de HCD.-

Por ello, el Honorable Concejo Deliberante de Chascomús sanciona la siguiente

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a dar de baja del Inventario Municipal los Bienes Motoniveladora Cheng Chong 1320 Serie 120 RP 3389; Motoniveladora Cheng Chong 1320 Serie 119 RP 3840, Motoniveladora Huber Wabco año 1970 motor 4A92106RC; Retroexcavadora Pristsman Mustang 120 MK111/90 RP 2363; Retroexcavadora c/ pala cargadora Klia 200 RP 3407, Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60; Topadora Fiat Allis, RP 3463; Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31; y Compactadora de Arrastre RP 8663 y los bienes detallados a fojas 122/125 y 209/212 del Expediente Administrativo N° 4030- 157996/M Alc 1, considerados fuera de uso y/o rezago atento a las consideraciones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a proceder a la venta de la maquinaria Motoniveladora Astarsa 120 año 1978 serie 736/60; Topadora Fiat Allis, RP 3463; Retroextracavadora Samsung Dominio AAQ31; y Compactadora de Arrastre RP 8663, las cuales están en situación de desuso y cumpliendo con lo establecido en el artículo 54°, 158° y cc de la LOM.-

ARTÍCULO 3º.- Autorícese al Departamento Ejecutivo a utilizar los fondos obtenidos producto de la venta para la adquisición de nuevos bienes para la Secretaria de Servicios Públicos.-

ARTICULO 4°.- De forma.-