Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 2636/22
Adolfo Alsina, 17/08/2022
Visto
El expediente Nº 4001-0911/22 y el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Adolfo Alsina y el Consejo Escolar de Adolfo Alsina, para la ejecución de la obra "Terminación de ampliación Jardín de Infantes Nº 901" en la localidad de Carhué.
Que a fojas 305 de las actuaciones se adjunta nota de la empresa KONAL S.A. solicitando prórroga para la presentación de la oferta, atento que resulta imposible a la fecha de la licitación disponer de la información necesaria del suelo en el que se va a construir, como asi, el estado de la construcción existente (bases, hierros etc), ya que sin esos datos la propuesta sería inexacta. Previo a cotizar necesitan realizar un estudio de suelo.
Que por Decreto Nº 2406/22 se prorroga el llamado a Licitación Pública Nº 03/22 hasta el día 4 de agosto de 2022.
Que el día 4 de agosto de 2022 se procedió a la apertura de sobres correspondientes a la Licitación Pública Nº: 003 dispuesta por Expediente Nº:4001-0911/22 y Decretos Nº: 1493/22 y 2406/22. y
Considerando
Que se ha cumplido en tiempo y forma con la pertinete publicación de Edictos en el Boletín Oficial ( Fs. 311, 312 y 313) y en el diario Digital DSR MEDIOS ( Fs 307/309).
Que se presentaron dos (2) oferentes; las firmas: 1) KONAL S.A ( Fs 314 a 723) y 2) BLUE LUBECCO S.A ( Fs. 724 a 1239).
Que de las mismas se desprende que la oferta Nº 1 presentada por la empresa KONAL S.A es de PESOS CINCUENTA MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO CON 70/100 CENTAVOS ( $ 50.783.968,70). y además presenta en un sobre separado ( dentro del mismo sobre) un descuento del 7% sobre el monto de la oferta presentada, arrojando un monto de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y SEIS CON 89/100 CENTAVOS ( $ 47.229.096,89)
La oferta Nº 2 presentada por la empresa BLUE LUBECCO S.A es de PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL SETENTA Y TRES CON 87/100 CENTAVOS ( $ 49.470.073,87).
El dictamen de la Asesora Letrada Municipal obrante a fs. 1243 de las actuaciones.
Que ambas ofertas presentaron observaciones.
Que el procedimiento de la Licitación Pública se ha efectuado conforme a la legislación.
Que el artículo 8 del Decreto Nº 1493/22 establece...."que la adjudicación recaerá sobre la propuesta más ventajosa y conveniente al juicio exclusivo de la Muncipalidad de Adolfo Alsina".
A fojas 1244 se da traslado a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos para que dictamine, en razón de que ambas ofertas son similares.
A fojas 1245 el Secretario de Obras y Servicios Públicos manifiesta, que ambas ofertas presentan observaciones, las cuales no configuran situaciones de rechazo.
Continúa haciendo referencia a los antecedentes en el distrito de Adolfo Alsina de KONAL S.A. mencionando :
*CEC RIVERA
*REFACCIÓN CUBIERTA ESCUELA Nº 3 CARHUÉ
*RECAMBIO CUBIERTA ESCUELA Nº 4 VILLA MAZA
*EDIFICIO ESCUELA TECNICA CARHUÉ ( EN EJECUCIÓN)
Que las obras finalizadas por parte de la empresa KONAL S.A. han concluído de manera satisfactoria, presentando con ello, buenos antecedentes en el distrito de Adolfo Alsina.
Que en referencia a la Empresa BLUE LUBECCO S.A., el Municipio de Adolfo Alsina no ha mantenido relación contractual, puesto que es la primera participación de la misma en Licitaciones Públicas de este organismo.
El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las facultades conferidas por el Artículo 151 y siguientes de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, y Artículos 162, 181, 186 y concordantes del Reglamento de Contabilidad; D E C R E T A:
Art. 1º- Apruébase la LICITACIÓN PÚBLICA Nº: 003 dispuesta por Decreto Nº: 1493 y ampliatorio Nº: 2406/22, Expediente Administrativo Nº: 4001-0911/22.-
Art. 2º- Adjudícase a la firma KONAL S.A., CUIT Nº 33-63075526-9, por la suma de PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y SEIS CON 89/100 CENTAVOS ( $ 47.229.096,89) , la ejecución de la obra "Terminación de ampliación Jardín de Infantes Nº 901" en la localidad de Carhué, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y oferta formulada en el Expediente Administrativo Nº 4001-0911/22.-
Art. 3º- Ordénase a la oficina de Compras a devolver las garantías de mantenimiento de oferta a las firmas oferentes no adjudicadas, y oportunamente a la adjudicada.-
Art. 4º - Comuníquese fehacientemente a la firma interesada y a las restantes participantes del acto, publíquese, tomen razón las oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”