Boletines/Adolfo Gonzales Chaves
Decreto Nº 878/2022
Adolfo Gonzales Chaves, 06/10/2022
Visto
El Expediente 4055-10-2022, Cuerpo II, Ref. Programa Fortalecimiento Familiar Ley 13.163; y
Considerando
Las diversas notas de solicitud obrantes al presente Expediente;
Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Por ello;
el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Septiembre de 2022, la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 137/2022, a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar, detallados a continuación:
FIGUEROA Ezequiel Alberto, DNI Nº 42.946.277;
FORTUNATO Alejo Ariel, DNI Nº 43.905.964.-
ARTICULO 2º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Septiembre de 2022, la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 243/2022, a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. MARIA LAURA BAZAN, DNI Nº 41.784.162.-
ARTICULO 3º.- Déjase sin efecto, a partir del mes de Octubre de 2022, la ayuda económica otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 297/2022, a la beneficiaria del Programa de Fortalecimiento Familiar, Sra. MARIA FLORENCIA GONZÁLEZ, DNI Nº 35.751.256.-
ARTICULO 4º.- Otorgase a los beneficiarios del Programa de Fortalecimiento Familiar, detallados seguidamente, la suma estipulada para cada uno de ellos, en los siguientes periodos:
Pesos Diez Mil ($ 10.000) mensuales, desde el mes de Octubre a Diciembre de 2022, inclusive.-
HERRERA Valeria Cristina, DNI Nº 30.665.243;
LEBRUN Ivon Soledad, DNI Nº 36.764.786.-
ARTICULO 5º.- Los gastos mencionados precedentemente se imputarán con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:
Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente
Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163
Fuente de Financiamiento 132: de Origen Provincial
5.0.0.0 Transferencias
5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes
5.1.3.0 Becas
ARTICULO 6º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-
ARTICULO 7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-