Boletines/Brandsen

Ordenanza Nº2235

Ordenanza Nº 2235

Brandsen, 17/10/2022

VISTO:
El Convenio a suscribir entre la Empresa Reginald Lee S.A y la Municipalidad de
Brandsen, y;
CONSIDERANDO:
Que el presente convenio tiene como objeto entregar en comodato durante 1 (un)
año a LA MUNICIPALIDAD, 4 (cuatro) estaciones de reciclaje para depósito de residuos
(plástico PET). Transcurrido el plazo de un 1 (un) año y habiendo cumplido las obligaciones
y condiciones, LA EMPRESA se compromete a donar la estación de reciclaje a LA
MUNICIPALIDAD. La estación de reciclaje mide 1,85 metros de largo por 1,85 metros de
alto y 1,85 metros de ancho y cuenta con dos bocas de drop off para el depósito de PET.
Está equipada con dos bolsones, ploteada con la gráfica del programa Un Mundo Sin
Residuos. Contiene una puerta trasera para el retiro de los residuos. La estación de reciclaje
será instalada por LA EMPRESA en conformidad con LA MUNICIPALIDAD en calle Gervacio
Trucco y Diagonal Piermatini, localidad de Gómez; San Martín entre Antártida Argentina y
Delaplace, localidad de Jeppener; en Ituzaingó y Paso, Brandsen, y un sitio más a definir;
Que LA EMPRESA se compromete a entregar e instalar las estaciones de reciclaje en
el sitio ya establecido en la cláusula 1.1, dentro de los 45 días de suscripta la presente, a
convenir la fecha y horario con LA MUNICIPALIDAD;
Que LA EMPRESA autoriza a LA MUNICIPALIDAD o quien ésta designe al retiro de los
residuos depositados en las estaciones de reciclaje, los cuales serán dispuestos en la
Instalación de Recuperación de Materiales en forma gratuita;
Que LA MUNICIPALIDAD o quien ésta designe se compromete a retirar
periódicamente los residuos depositados por el público en las estaciones de reciclaje para
su recuperación, revalorización y/o reciclado, contribuyendo a la implementación de un
sistema de gestión sustentable y eficiente de los residuos sólidos urbanos. LA
MUNICIPALIDAD o quien ésta designe se compromete a depositar en el camión recolector
los residuos dispuestos en los bolsones. Los bolsones deberán permanecer en la estación
de reciclaje a fin de disponer de estos elementos para dar continuidad al acopio de
residuos. Queda a exclusivo cargo de LA MUNICIPALIDAD, o quien ésta designe, la
reposición de los bolsones LA MUNICIPALIDAD o quien ésta designe se compromete a
trasladar los residuos recolectados hacia la Instalación de Recuperación de Materiales con
el objetivo de enfardar el PET. LA MUNICIPALIDAD o quien ésta designe se compromete al
retiro, traslado y venta de los residuos captados a través de este sistema, quedando a su
exclusivo beneficio el valor pactado por su venta;
Que si vencido el plazo del comodato previsto en el presente LA EMPRESA
entendiera que se encuentran alcanzados los objetivos propuestos, procederá a entregar
en donación las estaciones de reciclaje a LA MUNICIPALIDAD;
Que A todos los fines de este convenio, LA MUNICIPALIDAD se obliga al correcto uso,
destino y elección de los sitios de emplazamiento del bien objeto del presente, en plena
conformidad con las normas de seguridad, habilitaciones, constructivas y de planeamiento
urbanístico vigentes;
Que el contrato de comodato previsto en el presente tendrá vigencia de doce (12) meses a
partir del momento en que se instale la estación de reciclaje. En caso de que alguna de las
partes decidiere resolver el mismo, deberá notificarlo con una antelación mínima de 60
(sesenta) días, no dando lugar esta resolución a indemnización alguna, en razón del
carácter de las contraprestaciones pactadas;
Que LA MUNICIPALIDAD manifiesta que atento a que la Empresa a través del
presente acuerdo tiene como único objetivo colaborar con las acciones llevadas a cabo
por EL MUNICIPIO para el cuidado del medio ambiente y los espacios públicos, la exime
del pago de las tasas municipales que pudieran corresponder por la instalación de las

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estaciones de reciclaje detallados en la cláusula primera, incluyendo las derivadas del uso
de espacio público y derecho de publicidad y propaganda;
Que conforme al Art. 41 y 273 del Decreto Ley Nº 6769/58 y modificatorias,
corresponde darle intervención al Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE BRANDSEN, EN USO DE LAS
ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA PRESENTE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio entre la
--------------------- Empresa Reginald Lee S.A y la Municipalidad de Brandsen, el que agregado
se declara parte integrante de la presente.-
ARTÍCULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a eximir del pago de cualquier tasa
-------------------- y/o derecho municipal por la instalación de las estaciones de reciclaje,
incluyendo las derivadas del uso de espacio público y publicidad y propaganda a la Empresa
Reginald Lee S.A mientras dure el presente instrumento.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo y a quien corresponda, regístrese y
--------------------- cumplido archívese.-