Boletines/Campana
Decreto Nº 1030/22
Campana, 29/11/2022
Expediente Municipal Nº 4016-26338-2022. Inscripción de Cesión.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Decreto Provincial N° 9533/80 (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, los Decretos Nº 184/2022 (t.v) y Nº 687/2022, y el Expediente Nº 4016-26338-2022; y
Considerando
Que, a fs. 2 obra informe circunstanciado de la Dirección General de Gestión de Hábitat en el cual manifiesta la necesidad de gestionar la inscripción a favor del municipio, de los inmuebles cuya nomenclatura catastral son Circunscripción I - Sección H– Chacra: 1 - Manzana 1e- Parcela 1, Partida Inmobiliaria 23484, Circunscripción I - Sección H– Chacra: 7 - Manzana 7m- Parcela 12, Partida Inmobiliaria 26291, Circunscripción I - Sección H– Chacra: 7 - Manzana 7m- Parcela 13, Partida Inmobiliaria 26292, Circunscripción I - Sección H– Chacra: 12 - Manzana 12bbParcela 12, Partida Inmobiliaria 22279, Circunscripción II - Sección E - Manzana 66b- Parcela 26, Partida Inmobiliaria 18536, Circunscripción II - Sección E - Manzana 70- Parcela 1, Partida Inmobiliaria 18910, Circunscripción II - Sección E – Manzana 70 - Parcela 2, Partida Inmobiliaria 18911, Circunscripción II - Sección E – Manzana 70 - Parcela 3, Partida Inmobiliaria 18912, las cuales constituyen Reservas Fiscales.
Que, a fs. 5/7 obra informe emitido por el Departamento de Catastro e Información Geográfica donde se detalla titular de dominio, antecedente de dominio, medidas, linderos y superficie.
Que, a fs. 8, 10, 12, 14 y 16 lucen copias de Planchetas Catástrateles. Asimismo, a fs. 9, 11, 13, 15 y 17 constan respectivamente copias simples de Plano de Mensura y Subdivisión 14-3-1966, 14 – 157 – 1968, 14 –57-1964, 14 -32 – 1962, 14 -38- 1962.
Que, a fs. 27 interviene la Secretaría de Planeamiento, obras e Ingeniería Urbana tomando conocimiento y dando prosecución a las actuaciones.
Que, a fs. 28 interviene la Jefatura de Gabinete sin emitir objeciones respecto de las actuaciones.
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que, con la sanción del Decreto Ley N° 9533/80 (t.v.) “Régimen de los Inmuebles de Dominio Municipal y Provincial, en su articulo1 establece que “Constituyen bienes del dominio público municipal las calles o espacios circulatorios, ochavas, plazas y espacios verdes o libres públicos que se hubieren incorporado al dominio provincial con anterioridad a esta Ley y los inmuebles que en el futuro se constituyan para tales destinos en virtud de lo dispuesto por la Ley 8912 -de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo. Artículo 2º expresa que “Constituyen bienes del dominio municipal las reservas fiscales de uso público que se hubieren cedido a la Provincia en cumplimiento de normas sobre fraccionamiento y creación de pueblos como también las que se constituyan para equipamiento comunitario de acuerdo a la Ley Nº 8912”, el artículo 3” En los supuestos de cesiones futuras a las municipalidades por aplicación de la Ley 8912 y normas complementarias, la aceptación de las mismas se entenderá completada al aprobarse el plano respectivo por los organismos competentes.”
Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que, la refrenda del presente acto administrativo debe efectuarse conforme a lo dispuesto en los Decretos N° 184/2022 (t.v) y Nº 687/2022 (t.v).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Inscríbase a favor de la Municipalidad de Campana cuyas parcelas constituyen Reservas Fiscales identificadas como:
•Circunscripción I - Sección H- Chacra I - Manzana 1e- Parcela 1, Partida Inmobiliaria 23484, mide 16,33 m de frente al Norte; 23,30 m al Este, 19,33 m al Sur; 20,30 m al Oeste y 4,24 m en su ochava al Noroeste. Linda al norte con calle Chacabuco, al Este y al Sur con parcela 2 y al Oeste con calle a ceder. Superficie: 445, 89 m2.
•Circunscripción I - Sección H- Chacra 7 - Manzana 7m- Parcela 12, Partida Inmobiliaria 26291, mide 10,47 m de frente al Suroeste, lindando con calle existente; 22,00 m al Noroeste, lindando con parcela 13; 11,00 m al Este, lindando con parte de costado de parcela 14; y 18,54 m al Sureste, lindando con costado de parcela 11. Superficie 212,75 m2.
•Circunscripción I - Sección H- Chacra 7 - Manzana 7m- Parcela 13, Partida Inmobiliaria 26292, mide 10,69 m en su frente al Suroeste, lindando con calle existente; 3,53 en su ochava al Noroeste; 22,14 m en su otro frente al Norte, lindando calle existente; 6, 30 m al Este, lindando con parte del costado de parcela 14; y 22, 00 m al Sureste, lindando con costado de parcela 12. Superficie 225,50 m2.
• Circunscripción I - Sección H- Chacra 12 - Manzana 12bb- Parcela 12, Partida Inmobiliaria 22279, mide 27,00 m en su frente al Sureste, lindando con calle a ceder; 4,24 m en su ochava al Sur; por 49,50 m en su otro frente Suroeste, lindando calle a ceder; 31,86 m al Noroeste, lindando con costado de la fracción I; y 41,69 m al Noreste, lindando con costado de parcela 11. Superficie 1408,35 m2.
•Circunscripción II - Sección E- Manzana 66b- Parcela 26, Partida Inmobiliaria 18536, mide 9,03 m de frente al Noroeste, lindando con calle a ceder; 30,00 m al Noreste, lindando con costado de parcela 27; 12,08 m al Sureste, lindando con parte del costado de parcela 25; 27,00 m en su otro frente al Suroeste, lindando con calle a ceder; y 4,24 m en su ochava al Oeste. Superficie 357,15 m2.
•Circunscripción II - Sección E- Manzana 70 - Parcela 1, Partida Inmobiliaria 18910, mide 8,70 m de frente al Noroeste, lindando con calle a ceder; 4,24 m en su ochava al Norte; por 27,00 m al Noreste, lindando con calle a ceder; 11,70 m al Sureste, lindando con parte del costado de parcela 2; 30,00 m al Suroeste, lindando con costado de parcela 30. Superficie 346,50 m2.
•Circunscripción II - Sección E- Manzana 70 - Parcela 2, Partida Inmobiliaria 18911, mide 10, 00 m de frente al Noreste por 35,10 m de fondo. Linda al Noreste con calle a ceder, al Sureste con costado de parcela 3, al Suroeste con fondo de parcela 25 y al Noroeste con fondos de parcelas 1, 30 y 29. Superficie 351,00 m2.
•Circunscripción II - Sección E - Manzana 70 - Parcela 3, Partida Inmobiliaria 18912, mide 10,00 m de frente al Noreste por 35,10 m de fondo. Linda al Noreste con calle a ceder, al Sureste con fondo de parcela 24 y al Noroeste con costado de parcela 2. Superficie 351,00 m2.-
ARTÍCULO 2º.- Remítanse las actuaciones que corren agregadas en el Expediente 4016-26338-2022, a la Escribanía General de Gobierno, para que por su intermedio se protocolicen las inscripciones de los inmuebles detallados en el artículo anterior ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. –
ARTÍCULO 3º.- Refréndese el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana Interino, y el Señor Jefe de Gabinete. –
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese y archívese. -