Boletines/Campana

Decreto Nº968/22

Decreto Nº 968/22

Campana, 04/11/2022

Expediente Nº 4016-24389-2022. Renovación de Contrato Servicios Locados Ariel Danko

Visto

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v.), y el Expediente Municipal Nº 4016-24389-0-2022; y

Considerando

Que por medio del Decreto Municipal N°487/2022 se dispuso la Contratación de los Servicios Locados con el Sr. Ariel Danko, D.N.I 25.154.398, por el periodo comprendido desde el 1 de Julio del 2022 y hasta el 30 de Septiembre del mismo año.

Que la Subsecretaria de Habilitaciones, Permisos e Inspección General, dependiente de la Secretaria Técnica Administrativa y Legal, la cual manifiesta la necesidad de continuar recibiendo los servicios prestados, proponiendo la renovación del contrato con el referido profesional.

Que luce propuesta y presupuesto del profesional en cuestión.

Que a fs. 158 la Dirección de Compras manifiesta que visto lo planteado por la Subsecretaria de Habilitación, Permisos e Inspección General, sugiere hacer uso de lo dispuesto por Clausula III del Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Municipalidad de Campana y el Sr. Ariel Danko en fecha 30 de Junio del 2022.

Que la Dirección de Presupuesto sugiere la imputación presupuestaria para hacer frente a la erogación.

Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa no tiene objeciones de carácter contable que formular.

Que se adjunta la Solicitud de Pedido N° 4000 y obra Solicitud de Gasto N° 1-4063, ambas emitidas por la suma de Pesos UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL 00/100 ($1.950.000.00.-).

Que la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento de las actuaciones sin objeciones económicas ni financieras que formular.

Que interviene la Jefatura de Gabinete sin objeciones al respecto.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.

Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).

Por ello,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese la renovación del Contrato por los Servicios Locados con el Sr. Ariel Danko, D.N.I 25.154.398, con retroactividad al 1 de Octubre del 2022 y hasta el 31 de Diciembre del mismo año, a un valor mensual de Pesos Seiscientos Cincuenta Mil con 00/100 ($ 650.000,00.-), asciendo a un monto total de Pesos Un Millon Novecientos Cincuenta Mil con 00/100 ($ 1.950.000,00.-) conforme lo establecido en la Clausula III del Contrato de Locación de Servicios y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-24389-0-2022.-

ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción-1110120000 “Secretaría Técnica, Administrativa y Legal”, Categoría Programática 16.01.00 - “Gestión de Habilitaciones y Permisos”, Partida Presupuestaria 3.4.9.0 - “Servicios Técnicos y Profesionales - Otros”, Fuente de Financiamiento 110 - “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos Ejercicio 2022.-

ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina y el Señor Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-