Boletines/Bragado
Decreto Nº 1787
Bragado, 19/12/2022
Visto
VISTO: Que la Provincia de Buenos Aires estableció mediante el artículo 1°. del decreto 2101/22 como días no laborables con fines turísticos, previstos en el artículo 7° de la Ley N° 27.399, los días 23, 24, 30 y 31 de Diciembre de 2022, fechas que se celebran respectivamente las Fiestas de Navidad y Año Nuevo; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que este Gobierno Municipal comparte el sentido de posibilitar a los agentes formar parte en el ámbito familiar de la preparación de estos festejos, alentando tales celebraciones, Que se estima procedente posibilitar el acercamiento de quienes, por diversas causas, se domicilian lejos de sus seres queridos; Que sin perjuicio de la medida adoptada deberá estar garantizada la “continuidad de los servicios esenciales”; Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- DECLARAR asueto administrativo para el corriente año en todas las áreas dependientes de esta Municipalidad, los días 23, 24, 30 y 31 de diciembre a partir de las 0:00 hs. ARTICULO 2º.- Instrúyese a los distintos sectores para que implementen las medidas necesarias a efectos de mantener la continuidad de los servicios esenciales. ARTICULO 3°.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 4°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-