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Decreto Nº1721

Decreto Nº 1721

Bragado, 02/12/2022

Visto

VISTO:  Que el día 6 del corriente mes, la Dirección de Discapacidad Municipal inaugurará el Hogar Convivencial para Personas con Discapacidad; y,

Considerando

     CONSIDERANDO: Que, este espacio físico viene a dar respuesta a una necesidad real que tiene la comunidad de Bragado, ya que en él podrán vivir personas con discapacidad que no tengan familias que los contengan; Que, resulta necesario cubrir los gastos que surjan de la inauguración, tales como servicio de lunch, bebidas, entre otros; por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DECRETA

ARTICULO 1º-. AUTORIZAR el pago de los gastos, tales como servicio de lunch, bebidas, entre otros, que surjan con motivo de la inauguración del Hogar Convivencial para Personas con Discapacidad, el día 6 del corriente mes. ARTICULO 2º- Refrendado por Sra. Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia H.V. GATICA M. LAURA BENALAL. ARTICULO 3º- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.-