Boletines/General Viamonte

Decreto Nº167/2017

Decreto Nº 167/2017

General Viamonte, 31/03/2017

SUBSIDIO COOPERADORA JARDÍN N° 908

Visto

Que la Municipalidad de General Viamonte, ha recibido por parte del Gobierno Provincial Aportes con Afectación Específica denominados “Coparticipación Fondo Educativo- Ley 14.393”, que se percibe en forma automática, según normas establecidas por el Artículo 1ro. y Cc. de la Ley 10.559, Coparticipación de Impuestos; y

Considerando

Que la Cooperadora del Jardín N° 908 del Barrio “Juan El Bueno”, de Los Toldos solicitó ayuda económica especifica destinada a gastos que demande la compra de materiales para la construcción del Salón de Usos Múltiples (SUM).-

Que de la consulta realizada por la Comuna, al Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, surge la posibilidad de transferir fondos a las Cooperadoras para que se hagan cargo de las reparaciones y/o adquisiciones de material necesario que contribuyan al quehacer educacional.-

Que a efectos de reglamentar la relación entre el Municipio, Consejo Escolar y las Cooperadoras, se establece el procedimiento que debe realizarse para concretar la iniciativa antes mencionada.-

Que a través de este sistema, podemos abordar en forma directa la problemática y/o necesidad de cada establecimiento educativo.-

Por ello; el Intendente Municipal del Partido; DECRETA:

Artículo 1°: Otórguese a la COOPERADORA DEL JARDÍN N° 908 del Barrio “Juan El Bueno”, en la persona de su Presidente Sr. Ángel BARRIONUEVO, D.N.I. N° 26.391.107,      un Subsidio por la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00), por los supuestos invocados en el exordio.-

Artículo 2°: La erogación que determina el cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 1°, deberá imputarse a:

1110100000    Departamento Ejecutivo

1110110000     Secretaria de Gobierno

20                     Gestión y Administración en Educación

5.1.7.0.              Transf. a otras Instituciones Culturales y Sociales sin fines de Lucro

Artículo 3°: La COOPERADORA DEL JARDÍN N° 908, deberá rendir cuentas del Subsidio recibido a la Municipalidad, a efectos de su rendición ante el Tribunal de Cuentas, conforme lo establece el art. 17 del Anexo I del Decreto Provincial N° 467/07.

Artículo 4°.- Comuníquese, tome razón quién corresponda, dése al Registro Oficial Municipal de Decretos y archívese.-

 

Fdo: Franco Ariel FLEXAS, Intendente

Fdo: Victor Daniel AMANTE, Secretario de Gobierno