Boletines/Tandil
Decreto Nº 155/2023
Tandil, 11/01/2023
Visto
Que el Dr. Juan Antonio Salceda se encuentra actualmente cumpliendo la función de Concejal del Municipio de Tandil, función por la que ha solicitado una licencia por cargo de mayor jerarquía.
La necesidad del Sistema Integrado de Salud Pública de contar con profesionales de la especialidad y experiencia del Dr. Salceda, según lo manifestado por el Jefe de Cirugía del Hospital “Ramón Santamarina”.
Considerando
Que no existe en la ciudad un especialista en cirugías Hepatobiliopancréaticas, incluyendo trasplante hepático conforme lo informado por el Colegio de Médicos de la Región VIII.
Que se modificará la condición de su cargo para que no exista incompatibilidad con su función de Concejal.
Que han informado al respecto el Director General Administrativo, la Dirección Médica del Hospital “Ramón Santamarina”, la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Déjase sin efecto a partir del 1° de enero de 2023 la licencia otorgada por ejercer un cargo de mayor jerarquía concedida al Dr. Juan Antonio Salceda - Legajo 10.659, por Decreto 3936/2021.
Artículo 2°: Modifícase el régimen del agente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, Dr. Juan Antonio Salceda, de categoría 14 - 36 horas semanales del régimen de guardia a categoría 14- 24 horas semanales del régimen de planta, a partir del 1° de enero de 2023.
Artículo 3°: Resérvese su anterior régimen de guardia, planta permanente, categoría 14 -36 horas semanales.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 – Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, Partidas 1.0.0.0 - Gastos en Personal, 1.1.0.0 Personal Permanente, 1.1.1.0 Retribuciones del cargo, 1.1.1.3 Personal Profesional, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 – Por Antigüedad, 1.1.3.7 Honorarios Profesionales, 1.1.5.7 – Bonificación Especial del Presupuesto de gastos vigente.
Artículo 5°: Insístese ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 7°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencia y Dirección General Administrativa del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, Dirección del Hospital “Ramón Santamarina”, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Matías Tringler (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia