Boletines/Vicente López

Decreto Nº6766/22

Decreto Nº 6766/22

Vicente López, 26/12/2022

Referencia: EXPTE - EEMVL-4651-2022

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Pública Nº 96 dispuesto por Decreto Nº 5694/22 para la contratación de la obra “RED ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO BARRIO LAS FLORES – CONVENIO SISU”, y
 

Considerando

Que conforme surge del Acta de Apertura de ofertas de fs. 507 se han presentado dos oferentes.

Que a fs. 514/515 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección General de Compras y Licitaciones.

Que habiendo evaluado las ofertas, a fs. 517 la Comisión Ad Hoc de Preadjudicación, creada conforme lo establecido en el art. 11.2 del Pliego de Clausulas Legales Especiales, aconseja por unanimidad adjudicar por menor valor a la firma Compañía Integral de Iluminación S.A por un total de $ 47.623.750,00.
 

Es por ello que LA INTENDENTA MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                                      DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la firma COMPAÑÍA INTEGRAL DE ILUMINACION S.A, por un monto total de Pesos cuarenta y siete millones seiscientos veintitrés mil setecientos cincuenta ($47.623.750,00), la contratación de la obra “RED ELECTRICA Y ALUMBRADO PUBLICO BARRIO LAS FLORES – CONVENIO SISU”, en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, al Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares y al Dictamen de la Comisión Ad Hoc obrante a fs. 517.

Artículo 2º.- La suma de Pesos cuarenta y siete millones seiscientos veintitrés mil setecientos cincuenta ($47.623.750,00), se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-9818 y 1-12347 obrantes a fs. 65 y 520 respectivamente.

Artículo 3º.- DEJAR constancia que, conforme documentación obrante a fs 463, el REPRESENTANTE TÉCNICO es el Ingeniero Industrial Javier Oscar Dellagiovanna, DNI 25.690.783, MAT. N° 5125.

Artículo 4º.- INTIMAR a la firma COMPAÑÍA INTEGRAL DE ILUMINACION S.A, para que dentro de los SIETE (7) días hábiles de notificado el presente Decreto, constituya y remita a este Municipio, al mismo mail desde donde es notificado, las garantías que se mencionan a continuación, acompañadas de la Declaración Jurada que como ANEXO III forma parte integrante del Pliego de Cláusulas Legales Especiales:

a) Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del valor del monto adjudicado, en concepto de Garantía de Ejecución Contractual.

b) Garantía de Anticipo Financiero, equivalente al 20 % (veinte por ciento) del monto adjudicado.

c) Contrato con A.R.T. y póliza de Seguro de Vida Obligatorio y/o Accidentes Personales.

d) Póliza de Responsabilidad Civil Emergente.

e) Póliza de Seguro Obligatorio de Automotor, en caso de corresponder.

Asimismo, en el plazo mencionado, el Representante Técnico del Contratista, deberá presentarse en la Dirección  General de Obras Municipales, muñido del contrato correspondiente, visado por el Colegio de Profesionales pertinente.

El incumplimiento de una o más de las obligaciones mencionadas en el presente artículo, dará lugar a la aplicación de pleno derecho de las penalidades previstas en los artículos 12.4 y 12.5.

Artículo 5º.- Refrendar el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Social, de Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Compras y Licitaciones y Tesorería), de Desarrollo Social y Jefatura de Gabinete.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo: Martinez-Alvarez-Baistrocchi-Del Prete