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Decreto Nº5072/2022

Decreto Nº 5072/2022

Quilmes, 30/12/2022

Visto

el Expediente Nº 4091-11713-A-2022 iniciado por el Sr. Director General de la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI), con el fin de reglamentar la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, para el caso contemplado en el artículo 138 inc. 5) del Código Tributario vigente para el ejercicio fiscal 2023;

Considerando

Que las y los contribuyentes jubilados y/o pensionados podrán obtener el reconocimiento de la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas,  cuando "perciban el beneficio de la jubilación y/o pensión como único ingreso, siempre que el importe de la misma no supere el valor que deberá determinar, por vía de reglamentación, el Departamento Ejecutivo. El valor fijado como límite máximo no será de aplicación, cuando el peticionante perciba la jubilación y/o pensión mínima" (cfme. inciso 5) a del artículo 138 del Código Tributario vigente);

Que ello así, corresponde por razones de oportunidad, mérito y conveniencia, emitir la reglamentación correspondiente a los efectos de efectivizar el reconocimiento de la exención prevista para el citado universo de contribuyentes;

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 138 del Código Tributario para el período 2022; y

Por todo lo expuesto;

 

 

LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:

ARTÍCULO 1°: FÍJANSE los topes para acceder al reconocimiento de  la exención de la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, para quienes perciban la jubilación y/o pensión mínima de acuerdo a la siguiente escala:

 

 

HABERES PREVISIONALES

 

-TOPE GLOBAL -

PORCENTAJE DE EXENCIÓN DE LA TASA POR SERVICIOS URBANOS MUNICIPALES (SUM) y CONTRIBUCIONES ASOCIADAS

Hasta el equivalente a 1 y 1/2 (uno y medio) haber previsional mínimo Oubilación y/o pensión).-

 

100%

Hasta el equivalente a 1 y 314 (uno y tres cuartos) haber previsional mínimo üubilación ylo pensión).-

 

75%

 

Hasta el equivalente a 2 (dos) haberes previsionales mínimos Oubilación y/o pensión).-

 

50%

Hasta el equivalente 2 y 1/4 (dos y  un cuarto) haberes previsionales mínimos Oubilación y/o pensión).-

 

25%

 

 

ARTÍCULO 2º: ESTABLÉCESE que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 120 del Código Tributario vigente, aquellos  contribuyentes alcanzados en el presente y quienes hayan obtenido o mantenido el reconocimiento de la exención durante el período 2022, detentarán  el mismo  encuadramiento para los sucesivos períodos fiscales en tanto no se modifiquen las condiciones  por las cuales se otorgaron las  mismas.  A tal fin, deberán comunicar todo cambio de situación a la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Quilmes (ARQUI) bajo apercibimiento de dejar sin efecto el reconocimiento de  la exención conferida.-

ARTÍCULO 3°: OTÓRGASE a las y los contribuyentes del artículo 1º con exención parcial, la posibilidad de cancelar el monto mensual correspondiente a la Tasa por Servicios Urbanos Municipales (SUM) y sus contribuciones asociadas, en hasta seis (6) cuotas mensuales iguales y consecutivas, sin intereses de financiación.-

ARTÍCULO 4°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-

ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHÍVESE.-

              Lic. Alejandro E. Gandulfo                       Dr. Claudio H. Carbone                             Mayra S. Mendoza

                          Jefe de Gabinete                              Secretario Legal y Técnico                                Intendenta

                  Municipalidad de Quilmes                     Municipalidad de Quilmes                      Municipalidad de Quilmes

 

       Lic. María Eva Stolzing Ugarte  

              Secretaria de Hacienda

             Municipalidad de Quilmes    

DECRETO 5072/2022

 

 

Anexos

DTO. 5072/2022

EXENCION DE TASAS SUM

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