Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2152
Brandsen, 20/10/2022
Visto
Visto el expediente Nº 4015-31805/22, por el cual la Sociedad Rural de Coronel Brandsen, solicita un subsidio, y;
Considerando
Que a fs. 1 la institución mencionada solicita la suma de pesos cuatrocientos mil ($400.000) afectados a gastos generales de la 59° Exposición Ganadera, Comercial e Industrial a desarrollarse los días 21, 22 y 23 de octubre el corriente año;
Que la citada exposición fue declarada de interés municipal por Decreto N° 1964/22 y por Resolucion N| 40 del Honorable Consejo Deliberante;
Que a fs. 7 la Dirección de Instituciones Intermedias y Culto informa que la Sociedad Rural de Brandsen se encuentra inscripta en el Registro Municipal como Entidad de Bien Público bajo el Decreto N° 869 con fecha 16 de mayo de 2019, Reg. N° 167;
Que a fs.8 se expidió de modo favorable la Contaduría Municipal se expidió de modo favorable en un cuanto al otorgamiento del subsidio, destacando la obligación de acogimiento a la normativa exigible en materia de subsidios, Art. 131 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal) y Art. 50 Decreto Nº 2980/00, ratificado por el art. 9 de la Ley 13.295;
Que la falta de rendición de cuentas constituye una causa para privar a la entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios (Art. 132 Regl. Contabilidad y Adm. Municipal), y Art. 51 Decreto 2980/00, ratificado por Ley 13.295;
Que por todo lo expuesto, la documentación aportada y por cumplimentar todos los requerimientos, corresponde dictar el pertinente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTÍCULO 1º.- Otórguese un subsidio de pesos cuatrocientos mil ($400.000,00) a la Sociedad Rural de Coronel Brandsen destinado a gastos generales de la 59° Exposición Ganadera, Comercial e Industrial a desarrollarse los días 21, 22 y 23 de octubre del corriente año.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º, será imputado a Jurisdicción: 5000 - Categoría Programática: 36.02 – Fuente de Financiamiento: 110.-
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Secretarios de Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-