Boletines/Brandsen

Decreto Nº2112

Decreto Nº 2112

Brandsen, 17/10/2022

Visto

Visto el Convenio de Locación de Servicio suscripto con TORTONE Ana Clara CUIT: 27-17666128-9, y

Considerando

Que la contratista se obliga en razón de su experticia, a participar en el 2° Conservatorio sobre Discapacidad, a realizarse el día 14 de octubre del año 2022 en la Sala de Cultura Municipal,

 

Que en ese orden de ideas la contratación se formaliza en razón de carecer la comuna de personal competente dentro de sus oficinas para asumir las tareas mencionadas precedentemente;

           

           Que dicha contratación regirá hasta el efectivo cumplimiento de la tarea contratada, con una retribución de pesos veintiún mil quinientos doce con cincuenta y nueve ($21.512,59),

 

          Que por expediente 4101.0/11 de la Municipalidad de Saavedra, “…en la celebración de contratos con profesionales el Honorable Tribunal de Cuentas, consideró excesivo el cumplimiento de la aplicación del artículo 32º de la Ley orgánica de las Municipalidades, de acuerdo a lo prescripto por el artículo 66 del Reglamento de Contabilidad para autorizar las tareas y servicios no contemplados en el artículo 148º de la ley, razón por la cual para tales gastos se estableció que  deberán adoptarse los procedimientos utilizados para el común de los gastos presupuestarios…”

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-  Regístrese el   Convenio   de   locación   de   servicio   suscripto   con TORTONE Ana Clara CUIT: 27-17666128-9, para realizar la siguiente obra: a participar en el 2° Conservatorio sobre Discapacidad, a realizarse el día 14 de octubre del año 2022 en la Sala de Cultura Municipal, el que agregado como Anexo forma parte de la presente.-

 

ARTICULO 2º.- El gasto  que demande  el cumplimiento del referido contrato, será imputado con cargo a la Jurisdicción: 7000 Secretaría de Desarrollo Local y Acción Comunitaria – Categoría Programática: 18.04.00 - Imputación del Gasto: 3.4.9 – Fuente de financiamiento: 132.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretarios de Hacienda y Administración y de Desarrollo Local y Acción Comunitaria.-

 

ARTÍCULO 4º.-  Comuníquese a  quien  corresponda,  dése al Registro Oficial y                          cumplido, archívese.-