Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2107
Brandsen, 17/10/2022
Visto
Visto el Expediente Nº 4015-3167522 por el cual WEI ZHONGBO DNI: 94.565.746 solicita cambio de razón social bajo el rubro “AUTOSERVICIO” en el inmueble ubicado en calle Magdalena de Fait N°246 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ.I – Sección J- Manzana 2– Parcela 13 y, correspondiente a la Partida Nº 23633; y,
Considerando
Que a fs. 19 se expide la Directora de Habilitaciones: “Visto la solicitud de cambio de razón social iniciado por WEI ZHONGBO DNI: 94.565.746 en relación al Inmueble sito en calle Magdalena de Fait N°246 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ.I – Sección J- Manzana 2– Parcela 13 y, correspondiente a las cuentas 23633 (de la tasa de Servicios Urbanos /Mantenimiento de Red Vial). Que la misma se encuentra conforme Ordenanza de Habilitaciones en categoría DOS (2), por tratarse de rubro “AUTOSERVICIO” y habiendo cumplido con los requisitos solicitados por la normativa vigente. Gírese las presentes actuaciones a la Dirección de Despacho y Digesto de la Municipalidad de Brandsen, para la elaboración y firma del Decreto. Cumplido, vuelva a fin de confeccionarse desde la Dirección a mi cargo el Certificado de Habilitación y procederse a la entrega del mismo al titular del establecimiento comercial habilitado. Firmado: Camila Castillo. Directora de Habilitaciones. Municipalidad de Brandsen.
Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de Habilitación;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN
ARTICULO 1º.- Otorgase a WEI ZHONGBO DNI: 94.565.746, cambio de razón social bajo el rubro “AUTOSERVICIO” en el inmueble ubicado en calle Magdalena de Fait N°246 de la ciudad de Brandsen, identificado catastralmente como: Circ.I – Sección J- Manzana 2– Parcela 13 y, correspondiente a la Partida Nº 23633.-
ARTICULO 2º.- En caso de comprobarse incumplimiento de las disposiciones de la Ordenanza 1094/04 y sus modificatorias, la presente habilitación caducará de manera automática, siendo el presente Decreto pasible de revocación y procederá la clausura inmediata del establecimiento, sin perjuicio de las demás sanciones que pudieren aplicarse por ante el Juzgado de Faltas Municipal. -
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Secretarios de Hacienda y Administración y de Protección Ciudadana y Habilitaciones. -
ARTICULO 4º.- Comuníquese a la Dirección de Ingresos Públicos, al interesado y entréguese al peticionante el certificado de habilitación para su pública exhibición. Cumplido, archívese. –