Boletines/Vicente López

Ordenanza Nº37899

Ordenanza Nº 37899

Vicente López, 29/12/2022

Ref. Expte. N°: 837/2022 H.C.D.
                         EEMVL-4993/2022 D.E

VISTO: El expediente de referencia, por medio del cual el Departamento Ejecutivo eleva a consideración de este Honorable Cuerpo, un Proyecto de Ordenanza Impositiva para el Ejercicio 2023 y;

CONSIDERANDO: Que si bien el proyecto elevado continúa con la línea conceptual y políticas tributarias plasmadas en la Ordenanza N° 26387 y sus modificatorias, del análisis integral de la misma surge la necesidad de adecuar la normativa tributaria a los conceptos y términos del plexo normativo vigente para su ordenamiento y fácil lectura para el contribuyente. Asimismo, busca modernizarla considerando las nuevas tecnologías y virtualidad cuya evolución ha sido exponencial durante la Pandemia del COVID-19- que resultan de uso cotidiano y generalizado en la sociedad y que, indefectiblemente, genera en los gobiernos la responsabilidad de crear herramientas y efectuar mejoras constantes para alcanzar una interrelación más efectiva.

Que, las modificaciones, incorporaciones y derogaciones buscan acompañar, robustecer y fomentar la actividad económica a los efectos de lograr una mayor y más rápida recuperación y crecimiento, considerando especialmente la realidad de los pequeños y medianos contribuyentes, en un contexto de post pandemia y crisis económica.

Que, para tal finalidad, resulta fundamental continuar fortaleciendo la autonomía municipal a través de políticas que tiendan a alivianar las cargas fiscales de los contribuyentes, promuevan mayor progresividad y faciliten los trámites que éstos deben realizar habitualmente, optimizando tiempos y costos.

Que, por lo expuesto, el presente proyecto promueve adecuar la normativa tributaria a las demandas comunitarias tendientes a simplificar la estructura tributaria municipal y reducir la presión de las cargas fiscales, garantizando el sostenimiento -en cantidad y calidad- de los servicios y bienes públicos provistos a los vecinos de Vicente López.

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Modifícase el texto del Artículo 2° de la Ordenanza Impositiva N°34.397 (T.O. Dto. 2661/2022) el que quedará redactado del siguiente modo:

"En concordancia con las prescripciones contenidas en la Ordenanza Fiscal, los tributos,derechos, contribuciones, patentes, permisos, cánones y retribuciones de servicios, se
abonarán tornando corno pauta las alícuotas e importes que se determinan en la presente Ordenanza, cuyos valores tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2023."

ARTÍCULO 2°: Modifícase el texto del Artículo 15° de la Ordenanza Impositiva N°34.397 (T.O. Dt. 2661/2022) el que quedará redactado del siguiente modo:

"Los carteles, anuncios y tableros colocados en las obras en construcción, terrenos baldíos con principio de ejecución de obra y/o edificios desactivados (vallados), que no fueran anuncios exigidos por disposiciones vigentes, pagarán por año o fracción y por m2 o fracción lo establecido en el Anexo VI de la presente".

ARTÍCULO 3°: Modifícase el texto del Artículo 25° de la Ordenanza Impositiva N°34.397 (T.O. Dto. 2661/2022) el que quedará redactado del siguiente modo:

"Por los servicios a que se refiere el Capítulo SEPTIMO del Título II de la Ordenanza Fiscal, Parte Especial, se deberán pagar los derechos que en cada caso se establezca en el
Anexo VII".

ARTÍCULO 4°: Modificase el texto del Artículo 67° de la Ordenanza Impositiva N° 34.397 (T.O. Dto. 2661/2022) el que quedará redactado del siguiente modo:

"Fijase para el pago del Régimen establecido en el Capítulo VIGESIMO del Título II de la Ordenanza Fiscal, Parte Especial, los Montos Mensuales determinados en el Anexo XVIII, que serán de aplicación a todas las actividades, con excepción de las determinadas en el Anexo IV de la Ordenanza Fiscal vigente".

ARTICULO 5°: Modificase el Inciso a) del Artículo 74° de la Ordenanza Impositiva N°34.397 (T.O. Dto. 2661/2022) el que quedará redactado del siguiente modo:

"Facultase al Departamento Ejecutivo a otorgar bonificaciones de carácter general por zonas, categorías y/o por otras características, por vía reglamentaria, en la aplicación de todos los tributos, derechos, cánones y contribuciones establecidos en la Ordenanza Fiscal N° 26387 y modificatorias - incluidos aquellos que integran el Régimen Simplificado, hasta el máximo de las alícuotas y valores fijos dispuestos en la Ordenanza Impositiva 34.397 y modificatorias".

ARTICULO 6°: Elimínese el Inciso c) del Artículo 74° de la Ordenanza Impositiva N° 34.397 (T.O. Dto. 2661/2022).

ARTICULO 7°: Incorpórase Artículo 74° bis a la Ordenanza Impositiva .N° 34.397 (T.O. Dto. 2661/2022), el que quedará redactado del siguiente modo:

"En el supuesto que la inflación acumulada desde el 1° de enero de 2023, conforme al I.P.C (Indice de Precios al Consumidor) publicado por el IINDEC, fuese superior al 60%, el Departamento Ejecutivo quedará facultado para incrementar los importes de las tasas, derechos, contribuciones y demás tributos fijados en la presente Ordenanza hasta el porcentaje que resulte de la diferencia entre la inflación acumulada publicada por el INDEC y el 60%. Exclúyase de lo establecido en el párrafo precedente al Tributo por Alumbrado, Limpieza, Conservación de la Vía Pública y Servicios Varios respecto del cual será de aplicación lo dispuesto en el Artículo 261 bis de la Ordenanza Fiscal N° 26.387 y modificatorias".

ARTICULO 8°: Modifíquense los Anexos I, II, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIlI, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX de la Ordenanza 34397 y modificatorias (T.O. Dto. 2661/2022), en los términos de los agregados a la presente Ordenanza.

ARTICULO 9°: La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del 1° de enero de 2023.

ARTÍCULO 10°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VICENTE LÓPEZ A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

Fdo: Villa-Zito

Nota: Para ver el anexo, entrar en Anexo. En la versión impresa, el anexo está al final del Boletín.

NOTA: LA PUBLICACIÓN EFECTUADA EN EL PRESENTE BOLETÍN SE COMPLEMENTA CON LA NORMATIVA PUBLICADA EN LA SECCIÓN LEGISLACIÓN DE LA PÁGINA WEB OFICIAL DEL MUNICIPIO DE VICENTE LÓPEZ, DE LIBRE ACCESO Y DISPONIBLE EN EL SIGUIENTE LINK :
https://www.vicentelopez.gov.ar/sec_gobierno/legislacion.php

Anexos

Ordenanza 37899 Impositiva 2023

DESCARGAR