Boletines/Tandil

Ordenanza Nº17858/2022

Ordenanza Nº 17858/2022

Tandil, 29/12/2022

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL SANCIONA CON FUERZA DE:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Convalidar la “Carta de Intención - Reserva de Permuta” sobre “Adquisición de Tierras para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del Partido de Tandil” suscripta por la Municipalidad de Tandil en el marco del proyecto elevado para la incorporación de nuevas tierras al actual relleno sanitario y la implementación de una nueva propuesta para el Tratamiento de los Residuos Sólidos Urbanos del Partido de Tandil.

ARTÍCULO 2º: Autorizar al Departamento Ejecutivo municipal a continuar hasta su culminación las gestiones administrativas pertinentes hasta concretar la permuta mencionada en los Considerandos de la presente Resolución, bajo las condiciones establecidas en la “Carta de Intención - Reserva de Permuta” sobre “Adquisición de Tierras para la Gestión de Residuos Sólidos Urbanos del Partido de Tandil” que forma parte del Proyecto elevado a este Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 3º: Encomendar a las áreas con competencia técnica del Departamento Ejecutivo municipal llevar a cabo las gestiones administrativas, técnicas y legales previas que fueren menester para la oportuna aprobación por este Órgano de los indicadores urbanísticos a que se hace referencia en la cláusula CUARTA de la “Carta de Intención” referida en el Artículo 1º.

ARTÍCULO 4º: Reconocer el interés social y comunitario de la permuta a suscribirse oportunamente, a los fines de su escrituración a través de Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 5º: Regístrese, dése al Libro de Actas y comuníquese al Departamento Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TANDIL A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTIDOS.

Registrada bajo el Nº 17858

REF: Asunto Nº 792/2022    Expte. Nº 2022/17006/10

Firma Digital: Diego A. Palavecino (Secretario del H.C.D.)   -  Juan P. Frolik (Presidente del H.C.D.)