Boletines/Avellaneda

Resolución Nº57

Resolución Nº 57

Avellaneda, 12/12/2022

Visto

La Ordenanza Municipal N.º 29345;

              El expediente N.º 2-0- 98530/2022; y

 

Considerando

Que por medio de la Ordenanza N.º 29345 se creó el "Registro Público Municipal de Inmuebles Baldíos,  Inmuebles  con  Edificación Derruida o con Edificación Paralizada", dependiente del Departamento Ejecutivo del Municipio de A vellaneda, el cual tiene por objeto principal garantizar políticas de vivienda y hábitat adecuadas para la satisfacción de las necesidades urbanas y habitacionales de los ciudadanos del Municipio desarrollando nuevas áreas  residenciales mediante la construcción de conjunto de viviendas,  para ello el Departamento Ejecutivo llevará un Registro de dichos inmuebles. el cual será actualizado y publicado por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos;

Que el Registro creado por la Ordenanza referida en las consideraciones anteriores se regirá por los criterios de caracterización de los inmuebles establecidos en el Decreto Reglamentario N.º 998/22;

Que asimismo, a los efectos de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo lº de la Ordenanza, el Decreto Reglamentario 998/22 faculta en su artículo cuarto a la Secretaría de Obras y SeNicios Públicos a realizar relevamientos paulatinos para inmuebles que puedan ser incorporados al Registro en cuestión; 

Que por medio de los presentes actuados la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat informó que, con fecha 19 de abril del 2022 se procedió a inspeccionar y relevar el predio ubicado Autopista y Juan B. Justo (zona de quintos), dando inicio a los actuaciones, en un todo de acuerdo o la Ordenanza N.º 29345 y su Decreto Reglamentario 998/2022; hobiéndose detectado que el predio de referencia constituye un inmueble sujeto a verificación;

Que de la documental agregada y del relevamiento ocular realizado al inmueble sujeto o verificación, se constató que el mismo se encuentra en estado de "Inmueble Baldío", sugiriendo la Subsecretaría de Desarrollo Territorial y Hábitat la correspondiente categorización;

Que, en dicho marco, correspondería proceder  a  dictar  el acto administrativo  por medio del cual se incluya a los inmuebles sujetos a verificación en los presentes actuados en el REGISTRO PÚBLICO DE INMUEBLES BALDÍOS, INMUEBLES CON EDIFICACIÓN DERRUIDA Y CON EDIFICACIÓN   PARALIZADA;

POR ELLO,

EL SECRETARIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

RESUELVE:

ARTICULO 1º: Inclúyase en el "Registro Público de Inmuebles Baldíos, con Edificación Derruida e Inmuebles con Edificación Paralizada", según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal N.º: 29345 y su correspondiente decreto  Reglamentario  Nº 998/2022al  predio identificado catastralmente como Circunscripción 1, Sección K, Fracción IV, Parcelas  1 y 6; Partidas Inmobiliarias 004-006403-6 y 004-006416-8; Padrones Municipales N.0 1-235920 e 1-235921; en la identificación de: "Inmueble Baldío". 

Artículo 2°: Procédase a notificar a los titulares de la presente, a través de la Secretaría Legal y Técnica de esta Municipalidad según lo establecido en el artículo 5º de la Ordenanza Municipal N.º: 29345.

Artículo 3º: Regístrese, Notifíquese de la presente a la Secretaría Legal  técnica, a la Jefatura de Gabinete de secretarios y al Señor Intendente Municipal a sus efectos.