Boletines/Tandil

Decreto Nº4539/2022

Decreto Nº 4539/2022

Tandil, 29/12/2022

Visto

La solicitud de designación de Serenela Giani –DNI 39.848.945- efectuada por el Director de Niñez, Adolescencia y Familia

Considerando

La licencia por accidente de trabajo de Tomas Palacio- Legajo 12024, a partir del 4 de noviembre de 2022.

Los informes producidos por la Dirección de Recursos Humanos, Contaduría General y la Dirección de Presupuesto.

Por todo ello, en uso de sus facultades

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: Desígnase a Serenela Giani –DNI 39.848.945-, en la planta temporaria de la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat –Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia- con remuneración equivalente a la establecida para la categoría 4 del Agrupamiento administrativo, régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales, a partir del 24 de noviembre de 2022 y hasta la reincorporación del titular del cargo.

Artículo 2°: Otórgase a la trabajadora mencionada precedentemente, un adicional remunerativo por guardia pasiva, consistente en un veinte por ciento (20%) del sueldo básico de la categoría 8, tal lo establecido en el artículo 8º del Decreto 242/2013 (modificado por Dto. 985/16), a partir del 24 de noviembre de 2022 y hasta la reincorporación del titular del cargo.

Artículo 3°: Otórgase a la trabajadora mencionada precedentemente, un adicional “Por Función” consistente en un cuarenta por ciento (40 %) del básico de la categoría 8 (Dec. 242/13), a partir del 24 de noviembre de 2022 y hasta la reincorporación del titular del cargo.

Artículo 4°: Los egresos respectivos impútense a la partida 1.2.1.1 “Personal Mensualizado” y demás específicas del inciso Gastos en Personal, dentro de la clasificación institucional 1 – Sector Público Municipal no Financiero, 1.1. - Administración Municipal, 1.1.1. - Administración Central, 1.1.1.01. - Departamento Ejecutivo, 1.1.1.01.13 - Secretaria de Desarrollo Humano y Hábitat, Programa 28 - Desarrollo Humano y Hábitat, Actividad 01 - Niñez, Adolescencia y Familia, todo ello dentro del Presupuesto de Gastos vigente para el corriente ejercicio.

Artículo 5°: Insístase ante Contaduría General la erogación dispuesta por el presente a efectos de lo que, al respecto, establece el artículo 186 de la Ley Orgánica Municipal.

Artículo 6°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno.

Artículo 7°: Regístrese, notifíquese por la Secretaría de Desarrollo Humano y Hábitat, tomen conocimiento la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, Contaduría General, Dirección de Presupuesto y pase a la Dirección de Recursos Humanos para su archivo definitivo.

Firma Digital: Miguel Ángel Lunghi (Secretario)      -      Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                                 Secretaría de Gobierno                   -                  Intendencia