Boletines/Daireaux
Decreto Nº 1377/2022
Daireaux, 10/11/2022
SUBSIDIO SALAZAR FUTBOL CLUB - ´PATÍN
Visto
Lo actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-13.375/22,
Considerando
Que por notas de fecha 03 de Noviembre de 2022 obrante a Fs. 1, solicita un subsidio que les permita cancelar los gastos originados por el festival de patín que organiza la escuela de patín de Salazar Fútbol Club;
Que la Entidad solicitante solicita la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00);
Que el Registro de Entidades de Bien Público certifica a Fs. 02 que Salazar Futbol Club se encuentra inscripto como Entidad de Bien Publico cumpliendo con lo establecido en el Artículo 4º y 5º de la Ordenanza Nº 326/91;
Que a su vez la Contaduría Municipal se expide en Fs. 04 certificando la existencia de fondos y que corresponde la atención del Gasto con fondos provenientes de la partida: Jurisdicción: 1110104000 Secretaria de Desarrollo económico, educación y empleo - Programa: 18.01.00 - Partida: 5.1.5.0. “Transferencias a instituciones de enseñanza”.-- Fuente de Financiamiento: 132;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada….”;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Dese lugar al pago del subsidio tramitado en actuaciones del Expediente Administrativo Nro. 4022-13.375/22, por la suma de Pesos Cien Mil ($ 100.000,00) a favor de la Entidad: Salazar Fútbol Club - Entidad de Bien Público Nº 25/1981 -, de acuerdo al actuado por Expediente mencionado con destino a los gastos originados por el festival de patín que organiza la escuela perteneciente a dicha institución.-------
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a la Partida Presupuestaria del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2022 informada por la Contaduría Municipal: ------------------------
Jurisdicción: 1110104000 - Secretaria de Desarrollo Económico Educación y Empleo –
Programa: 18.01 Política Educativa Local – Proyectos Educativos.-
Partida: 5.1.5.0. - “Transferencias a instituciones de enseñanza”.-
Fuente de Financiación: 132 de Origen Provincial
ARTICULO 3º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) días de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido en cada caso, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.-----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-------------------------