Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 2390/22
Adolfo Alsina, 19/07/2022
Visto
El expediente Nº 4001-0820/22, promovido por la Dirección de Recursos Humanos, para adquirir calzado de trabajo para el personal municipal de diferentes áreas; y
Considerando
Que es una obligación laboral de la Municipalidad, en su carácter de empleador, suministrar las ropas de trabajo en áreas donde las mismas son obligatorias según legislación específica en la materia;
Que obran recursos disponibles según informa la Secretaria de Hacienda;
El Artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la provincia de Buenos Aires, y artículo 191 y siguientes del Reglamento de Contabilidad, en materia de adquisición de insumos;
El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias, D E C R E T A:
Art. 1º - Llámase a CONCURSO DE PRECIOS Nº: 008, para la adquisición de "CALZADO LABORAL" para el PERSONAL del área de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Delegaciones, Turismo, Ambiente y Desarrollo Sustentable, Casa de la Cultura, Bromatología, Hospital "Gral San Martín" y sectores de mantenimiento de la Municipalidad de Adolfo Alsina.-
Art. 2º - El calzado a adquirir deberá reunir las siguientes características: estar certificados según lo dispuesto por la Resolución 896/99 de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería. Los productos certificados según lo establecido precedentemente, ostentarán el sello indeleble de seguridad establecido por la Resolución S.I.C. y M. Nº 799 del 29 de octubre de 1999, cuya incorporación será autorizada por las entidades certificadoras reconocidas, para conocimiento y orientación de adquirentes y usuarios de los productos comprendidos por la presente.- Aquellos calzados que no cuenten con puntera de seguridad, no son considerados calzados de seguridad ya que éstos no cumplen con las especificaciones de la norma IRMA 3610, por lo que se desaconseja la entrega de este tipo de calzado.-
1.- Deberá ser calzado de trabajo que reúna las medidas de seguridad laboral, resistente y de buena calidad;
2.- El tipo de calzado que se requieren es:
a).- Botines, ciento sesenta y dos (162) pares en total;
b).- Botines dieléctricos, once (11) pares en total;
c).- Zapatillas composite, treinta y ocho (38) pares en total;
d).- Zapatos, diez (10) pares en total;
Art. 3º - Las ofertas se recibirán en sobre cerrado en la oficina de Compras del Municipio hasta el día 10 de agosto de 2022 a las 09:30 horas, fecha y hora en que se procederá a la apertura de sobres en la Oficina de Compras, pudiendo asistir a dicho acto los oferentes que así lo deseen. El sobre deberá indicar la leyenda “CONCURSODE PRECIOS Nº 008/22, DECRETO Nº 2390/2022, CALZADO DE TRABAJO – EXPEDIENTE Nº 4001-0820/22– MUNICIPALIDAD DE ADOLFO ALSINA”.-
Art. 4° - La propuesta se presentará impresa, en el formulario Nº: 40 que se adjunte a la invitación.- Las propuestas se presentarán por escrito en tinta indeleble, o mecanografiadas o impresas en soporte papel; en idioma nacional; formulada en pesos; deberán estar foliadas y firmadas en todas sus hojas por el proponente o un representante que acredite su personaría. Si se tratará de un apoderado deberá acompañar el pertinente poder; si se tratara del Administrador de una Sociedad, deberá acompañar el contrato o acta del que surja su mandato; si se tratara del apoderado de una Sociedad deberá acompañar el poder, el contrato y la representación que invistieron al otorgarle el poder. No se considerarán las propuestas que contengan enmiendas, interlíneas ó raspaduras que no estén debidamente salvadas con la firma del proponente.- Los proponentes deberán constituir domicilio legal dentro de la provincia de Buenos Aires.-
Art. 5º - La oferta deberá contener una muestra de cada clase de calzado, a fin de verificar calidad y confección.-
Art. 6º - El oferente que resulte adjudicado tendrá cinco (5) días hábiles a computar desde la notificación del Acto Administrativo adjudicatario, para poner a disposición de la administración, por cada tipo de calzado, un ejemplar de cada talle, a los efectos de que los trabajadores municipales prueben los mismos y se formule el pedido por talles.-
Art. 7º - El plazo de entrega del calzado objeto de adquisición, se establece en veinte (20) días corridos a computar desde que resulte comunicado por parte de la Oficina de Compras de la discriminación en talles del calzado que debe suministrar.-
Art. 8º - La oficina de Compras Municipal deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en los Art. 191 y 192 del Reglamento de Contabilidad.-
Art. 9º - FORMA DE PAGO: El pago del precio de la indumentaria, se realizará en tres (3) pagos. El primero de ellos equivalente al treinta por ciento (30%) de la oferta aceptada se efectuará una vez firme la adjudicación de la compra; el segundo equivalente al veinte por ciento (20%) una vez entregada la mercadería objeto del concurso de precios, y otorgado el conforme de la misma; el saldo de cincuenta por ciento (50%) a los treinta (30) días de la recepción de la mercadería.-
Art. 10º - La Municipalidad no está obligada a aceptar propuesta alguna, pudiendo dejar sin efecto el concurso por razones de mérito, oportunidad y conveniencia, sin generar derecho alguno a reclamar daños o perjuicios de parte de los oferentes.-
Art. 11º - Garantía de propuesta. Cada propuesta estará acompañada de un depósito en garantía a la orden de la Municipalidad de Adolfo Alsina, que en ningún caso será inferior al 1% (uno por ciento) del importe total de la propuesta. La misma podrá ser reemplazada mediante pagaré a la vista con firma certificada o póliza de caución. Resuelta la adjudicación, se dispondrá la devolución de las garantías constituidas, con excepción de la correspondiente al oferente adjudicado, la que se mantendrá como garantía de cumplimiento de contrato hasta la entrega del insumo.-
Art. 12º - Comuníquese, publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dese al Libro de Decretos.-
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”