Boletines/Adolfo Alsina
Decreto Nº 2368/22
Adolfo Alsina, 14/07/2022
Visto
Lo actuado en el Expediente Nº: 4001-0001/21,
Que por Ordenanza Nº: 4620/21 el Honorable Concejo Deliberante Autorizó al Departamento Ejecutivo a subastar públicamente un inmueble ubicado en la zona urbana de la localidad de San Miguel Arcangel, propiedad de la Municipalidad de Adolfo Alsina, conforme los mecanismos legales,
Considerando
.
El Intendente Municipal del Partido de Adolfo Alsina en uso de sus Facultades, D E C R E T A :
Art. 1º- Procédase a la venta en subasta pública del inmueble designado catastralmente como: Circ. IX, Sección B, Quinta 11, Manzana 11 b, Parcela 9, Partida 19626, Matrícula 14635.-
Art. 2º- El remate se efectuará el día 5 de agosto de 2022 a las 11:00 horas en el inmueble mencionado.-
Art. 3º- Desígnase como Martillero actuante al Señor Guillermo Fontana, el que cobrará por su actuación profesional el DOS por ciento (2%) del precio de venta del bien más IVA en concepto de comisión operativa pagaderos por el comprador.-
Art. 4º- La visita al lote se realizará dentro de los cuatro (4) días anteriores a la fecha del remate en el horario de 9 a 12 horas. Las consultas respectivas se podrán efectuar en la oficina del martillero.-
Art. 5º- No se aceptarán ofertas en comisión efectuadas por compradores que actúen en tal carácter, excepto en el caso en que lo aclare en el acto de la subasta, facilitando la identidad de su mandante. Asimismo, el oferente que transfiera su contrato sin el consentimiento previo de la Municipalidad de Adolfo Alsina perderá la seña y comisión abonadas.-
Art. 6º- El comprador abonará en el acto del remate una seña del DIEZ por ciento (10%) en efectivo o con cheque de cuenta propia, al día, extendidos a nombre de la Municipalidad de Adolfo Alsina, además del pago de la comisión prevista en el artículo 3º y del sellado de ley que le corresponda, todo lo cual se consignará en el boleto de compra-venta que el martillero celebrará en el acto del remate
Art. 7º- Dentro de los TRES (3) días hábiles posteriores a la subasta, el Martillero Público designado deberá presentar ante la Municipalidad de Adolfo Alsina: A) La liquidación de la venta realizada; B) Todas las novedades atinentes a su función; C) Copia original del boleto de compra-venta celebrado; D) Depositar por ante la Caja Municipal la suma recaudada y los valores recibidos.-
Art. 8º- Dentro de los DOS (2) días posteriores a la presentación de la liquidación y el depósito establecidos en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo aprobará o desaprobará la subasta. Dicho acto administrativo se notificará fehacientemente al comprador.
Art. 9º- - Aprobada la subasta se notificará de la misma al comprador. El saldo del precio debe ser cancelado por el comprador dentro de los treinta (30) días corridos posteriores a la aprobación de la venta por parte del Honorable Concejo Deliberante.-
Art. 10º- Una vez abonado el monto de acuerdo a lo previsto en el artículo anterior, el Departamento Ejecutivo remitirá las actuaciones al Escribano Público que designe el comprador, a los fines de realizar la respectiva escritura traslativa de dominio, dicho profesional contará con un plazo máximo de 30 días para su realización.-
Art. 11º- . En caso de no hacerse efectivo el pago del saldo de precio en el día fijado, se tendrá como perdida la seña entregada, la comisión y los derechos sobre el bien subastado.
Art. 12º- Los gastos que se originen por cualquier concepto desde la fecha de aprobación de la subasta por el Departamento Ejecutivo, así como todos los gastos que demande la escritura cel bien, estarán a cargo del comprador.
Art. 13º- Comuníquese, tomen razón las oficinas respectivas, y dése al Libro de Decretos.-
Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”