Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 497/2022
Benito Juarez, 30/11/2022
Visto
lo actuado en el Expte Letra “R” Nº 207/22, en el que a fs. 2 obra nota de la Directora General de Recursos Humanos informando que a raíz de la Emergencia Sanitaria vigente hasta hace poco tiempo, los agentes municipales allegaban los correspondientes certificados médicos (justificativos de sus faltas) a través de “WhatsApp” u otros medios digitales, sin presentarlos en formato papel, por lo que la misma solicita el dictado de un acto administrativo a los efectos de deslindar cuestiones en cuanto a la solicitud de licencias médicas; y
Considerando
que en el contexto sanitario actual, resulta necesario que vuelva a darse cumplimiento a lo establecido en el art. 66 del C.C.T.M.: “El trabajador que deba faltar a sus tareas por causa de enfermedad o accidente inculpable, deberá comunicarlo a su superior, o a quien haga sus veces, dentro de las primeras dos (2) horas de la iniciación de su turno de trabajo, indicando el lugar donde se encuentra”;
QUE el artículo Nº 67 del citado cuerpo normativo, establece que: “el aviso podrá ser realizado de manera personal o telefónica por el mismo trabajador y si estuviera imposibilitado, por algún familiar o allegado;
QUE la solicitud de licencia médica, se debe respaldar con la presentación del certificado médico original, en papel, debidamente suscripto por el médico laboral, o visado por el mismo si es suscripto por otro profesional de salud;
QUE asimismo, deberá colocarse fecha y hora de recepción del mencionado certificado para luego ser remitido a la Dirección General de Recursos Humanos;
QUE dicho certificado debe ser presentado por el área donde el trabajador se desempeña, dentro del plazo establecido en el Convenio Colectivo de Trabajo, salvo casos de fuerza mayor;
QUE a fs. 3 obra dictamen de la Asesora Legal de la Comuna;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone el dictado del presente Acto Administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.- Dispónese que, a partir del 1º de Diciembre del corriente año, las solicitudes de licencias médicas deberán efectuarse mediante la presentación en papel del correspondiente certificado suscripto por el Médico Laboral, con fecha y hora de recepción del mismo, en los términos de lo dispuesto en los artículos 66 y 67 del C.C.T.M. y de acuerdo a lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 207/2022.
Artículo 2.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.
Artículo 3º-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretaría de Gobierno, Recursos Humanos, Asesoría Legal y Auditoría, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
RESOLUCIÓN Nº 497.-