Boletines/Benito Juarez

Resolución Nº460/2022

Resolución Nº 460/2022

Benito Juarez, 07/11/2022

Visto

lo actuado en el Expte. Letra “R” Nº 49/2022, en el que a fs. 6 obra Resolución Municipal Nº 400/2022, mediante el cual se inició una investigación Presumarial a los efectos de determinar las causas y responsabilidades implicadas en el siniestro acontecido con el camión perteneciente al área de Vial Rural el día 19/08/2022 en el camino entoscado Provincial Nº 053-13;  y

Considerando

que a fs. 21 el Gerente Vial solicita sancionar al agente CELIZ RAFAEL RENE (L.P. 1860), por su responsabilidad en el choque del camión IVECO E22 Nº 37;

QUE  habiéndose dado traslado de las actuaciones a los fines de que el agente realice su descargo, el mismo no ha hecho uso de tal derecho. No obstante, cabe destacar que se garantizó el derecho de defensa (conf. Art. 24 ley 14.656 y 18 CN.);

QUE respecto del agente en cuestión, puede concluirse que al iniciar el fuego en la banquina y mantener una actitud pasiva y no hacer nada para apagarlo a pesar de que sus compañeros le dijeron que el fuego se estaba poniendo peligroso, violo la obligación impuesta en el art. 81 inc. a) del C.C.T.- “Sin perjuicio de lo que particularmente impongan las leyes, ordenanzas, decretos, resoluciones y disposiciones, los trabajadores deben cumplir estricta e ineludiblemente las siguientes obligaciones: a) Prestar los servicios en forma regular y continua, dentro del horario general, especial o extraordinario que, de acuerdo con la naturaleza y necesidades de ellos se determine, con toda su capacidad, dedicación, contracción al trabajo y diligencia, conducentes a su mejor desempeño y a la eficiencia de la Administración Municipal” – adecuándose su conducta, la falta prevista en el art. 84 inc. 3 del C.C.T.: “Negligencia en el cumplimiento de sus tareas”;

QUE a fojas 48 y 49 obra dictamen favorable de Asesoría Legal de la Comuna, sugiriendo la aplicación de la sanción de Llamado de Atención, en el marco de lo dispuesto por el art. 83 inc. a)  del C.C.T.;

QUE el Sr. Secretario de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE  MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

RESUELVE:

Artículo 1º.-Aplicar la sanción de LLAMADO DE ATENCION al agente CELIZ RAFAEL RENE (L.P. 1860), de acuerdo a lo dispuesto en el art. 83 inc. a)  del C.C.T. y  a lo actuado en el Expediente Letra “R” Nº 49/2022.

Artículo  2º.-Por la Dirección General de Recursos Humanos, notifíquese.

Artículo 3º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos.

Artículo 4º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos  y Auditoría cumplido, archívese.

SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y

SERVICIOS PUBLICOS

ARQ. DIEGO ROSSETTI

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

RESOLUCIÓN  Nº 460.-