Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1601/2022
Benito Juarez, 11/11/2022
Visto
que por Ordenanza Municipal Nº 5145/16 y su Decreto Reglamentario Nº 437/17, se creó el régimen de Producción de Proyectos Productivos “RE.PRO.EM.PRO”;
QUE el Sr. ROBLEDO CARLOS NICOLAS (D.N.I. 36.671.964) bajo el Expte. Letra “P” Nº 50/22, solicita que se le otorgue un crédito en el marco del “RE.PRO.EM.PRO”;
QUE a fs. precedentes obra Acta del Consejo Auditor del RE.PRO.EM.PRO, aprobando dicho pedido de crédito;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Adjudíquese al Sr. ROBLEDO CARLOS NICOLAS (D.N.I. 36.671.964), un CREDITO de pesos TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00) en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 5145/16 y su Decreto Reglamentario Nº 437/17 – Régimen de Producción de Proyectos Productivos RE.PRO.EM.PRO y a lo actuado en el Expte. Letra “P” Nº 50/22.
Artículo 2º.-El crédito adjudicado por el articulo precedente deberá ser cancelado en 24 (veinticuatro) cuotas mensuales de pesos diecisiete mil setecientos catorce con veintidós centavos ($ 17.714,22) cada una, más su correspondiente actualización según artículo 16 de la Ordenanza Municipal Nº 5145/16.
Artículo 3º.-El monto concedido según el Art. 1º y los importes que oportunamente se perciban por las cuotas de amortización, se imputaran a la Cuenta de Recursos – 17.1.03.01.
Articulo 4º.-Notifíquese al interesado, y cumpliméntese el pertinente “Convenio de Pago”. Oportunamente dése vista a la Dirección de Recaudación a sus efectos.
Artículo 5º.-Previo a hacer efectivo el pago Tesorería Municipal deberá verificar la conformación del pertinente convenio de pago citado en el artículo 2º.
Articulo 6º.-Refrendara el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 7º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Contaduría, Tesorería, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, y Auditoria, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1601.-