Boletines/Benito Juarez

Decreto Nº1600/2022

Decreto Nº 1600/2022

Benito Juarez, 11/11/2022

Visto

que por Ordenanza Municipal Nº 5145/16 y su Decreto Reglamentario Nº 437/17, se creó el régimen de Producción de Proyectos Productivos “RE.PRO.EM.PRO”;

QUE la Sra. CAPUCHO MARIA ELBA (D.N.I. 17.938.624) bajo el Expte. Letra “P” Nº 99/22, solicita que se le otorgue un crédito en el marco del “RE.PRO.EM.PRO”;

QUE a fs. precedentes obra Acta del Consejo Auditor del RE.PRO.EM.PRO, aprobando dicho pedido de crédito;

QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;

EL INTENDENTE MUNICIPAL,  en uso de sus facultades,

DECRETA:

Artículo 1º.-Adjudíquese a la Sra. CAPUCHO MARIA ELBA (D.N.I. 17.938.624), un CREDITO de pesos TRESCIENTOS MIL ($ 300.000,00) en el marco de la Ordenanza Municipal Nº 5145/16 y su Decreto Reglamentario Nº 437/17 – Régimen de Producción de Proyectos Productivos RE.PRO.EM.PRO y a lo actuado en el Expte. Letra “P” Nº 99/22.

Artículo 2º.-El crédito adjudicado por el articulo precedente deberá ser cancelado en  24 (veinticuatro) cuotas mensuales de pesos diecisiete mil setecientos catorce con veintidós centavos ($ 17.714,22) cada una, más su correspondiente actualización según artículo 16 de la Ordenanza Municipal Nº 5145/16.

Artículo 3º.-El monto concedido según el Art. 1º y los importes que oportunamente se perciban por las cuotas de amortización, se imputaran a la Cuenta de Recursos – 17.1.03.01.

Articulo 4º.-Notifíquese a la interesada, y cumpliméntese el pertinente “Convenio de Pago”. Oportunamente dése vista a la Dirección de Recaudación a sus efectos.

Artículo 5º.-Previo a hacer efectivo el pago Tesorería Municipal deberá verificar la conformación del pertinente convenio de pago citado en el artículo 2º.

Articulo 6º.-Refrendara el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.

Artículo 7º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota, Contaduría, Tesorería, Secretarías de Gobierno, de Hacienda, y Auditoria, cumplido, archívese.

SECRETARIO DE GOBIERNO                                           

ING. SERGIO J. ACOSTA

INTENDENTE MUNICIPAL

SR. JULIO CESAR MARINI

DECRETO Nº 1600.-