Boletines/Benito Juarez
Decreto Nº 1549/2022
Benito Juarez, 01/11/2022
Visto
lo actuado en Expte. Letra “D” Nº 201/13, del cual se desprende que de las setenta y cinco (75) viviendas del Plan Bonaerense II, se encuentran construidas cuarenta (40) viviendas en la denominada Quinta 2 de la ciudad cabecera del Partido de Benito Juárez, de las cuales han sido entregadas un total de treinta y ocho (38) a sus adjudicatarios; y
Considerando
que resulta necesario adjudicar las dos (2) viviendas restantes;
QUE se han evaluado diversas variantes para llevar a cabo dicha adjudicación, llegando a la conclusión de que la forma más justa y equitativa de hacerlo es mediante un sorteo entre aquellos vecinos que se encuentren inscriptos en el Programa Bonaerense y que aún no han sido adjudicatarios;
QUE en los Exptes. Letra “D” Nº 201/13 y Letra “C” Nº 218/12, figuran listados de los restantes adjudicatarios de la segunda parte de dicho plan con un total de treinta y cuatro (34) viviendas, correspondiendo veintiocho (28) a la denominada Quinta 2 y siete (7) de “Cooperativa La Vía”, respectivamente;
QUE de dicho listado original de beneficiarios de la Quinta 2 quedaron habilitados para el sorteo veintitrés (23) adjudicatarios (Circ. I, Secc. B, Quinta 2, Manzanas 2 a y 2 d) y siete (7) adjudicatarios de la “Cooperativa la Vía” (Circ. I, Sección B, Quinta 45, Mz. 45c);
QUE en consecuencia, el sorteo para adjudicar las dos viviendas construidas deberá realizarse entre los 30 (treinta) vecinos restantes que pertenecen al mismo Plan de Viviendas, de acuerdo al listado que figura como Anexo I al presente Decreto;
QUE a fs. 162 obra dictamen favorable de la Asesora Legal de la Comuna, aduciendo que el mencionado sorteo deberá realizarse en presencia de Escribano Público, en día y horario previamente pactado, sin necesidad de presencia de las familias inscriptas pero extendiendo la convocatoria a las mismas;
QUE asimismo, las adjudicaciones se deberán formalizar dando cumplimiento con los requisitos establecidos por el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires;
QUE el Secretario de Gobierno dispone emitir acto administrativo de Subsidio;
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1º.-Apruébese el listado de los adjudicatarios restantes del Plan Bonaerense II de la denominada Quinta 2 y de “Cooperativa La Vía”, respectivamente, el cual forma parte integral del presente Decreto como ANEXO I.
Artículo 2º.- Autorizase la realización de un sorteo destinado a la adjudicación de dos viviendas, entre los integrantes del listado mencionado en el artículo anterior, sin necesidad de la presencia física de las familias inscriptas en su realización, pero haciendo extensiva la convocatoria a las mismas.
Artículo 3º.-Fíjese como fecha de sorteo el día lunes 14 de Noviembre del 2022, a las 19:00 horas en el Centro Cultural “Néstor Fare”.
Artículo 4º.-La escribana actuante será la Dra. Lucía Gianfrancesco.
Artículo 5º.-Publíquese en los distintos medios periodísticos locales.
Artículo 6º.-Refrendará el presente acto administrativo el Sr. Secretario de Gobierno.
Artículo 7º.-Comuníquese, dése al R. O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Secretarías de Desarrollo Social, Gobierno, Hacienda, Asesoría Legal, cumplido, archívese.
SECRETARIO DE GOBIERNO
ING. SERGIO J. ACOSTA
INTENDENTE MUNICIPAL
SR. JULIO CESAR MARINI
DECRETO Nº 1549.-