Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2804/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 02/12/2022
ARTÍCULO 1º.- Sustituyanse los artículos 1º, 2º, 3º, 5º y 6º del Decreto Nº 2146/2022, los cuales quedaran redactados de la siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de baja el cargo que se detalla seguidamente, a partir de la fecha:
U.E. 04-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-05-000 – Prog. 01-01-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – UER 5 – SECRETARÍA DE ECONOMIA Y HACIENDA.
Nº O. C.F. Baja Denominación Meses
13.275 2-22-74-11 Prof. en Cs. Económicas Superior 12
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo que se detalla seguidamente, a partir de la fecha:
U.E. 04-00-0-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-05-000 – Prog. 01-01-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – UER 5 – SECRETARIA DE ECONOMIA Y HACIENDA.
Nº O. C.F. Alta Denominación Meses
13.288 2-22-74-11 Prof. en Cs. Económicas Superior 4
ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se detalla seguidamente, a partir de la fecha:
U.E. 04-01-1-0-0-00 – Institucional 1-1-1-01-05-000 – Prog. 01-02-00 – Fin. y Func. 1-3-0 – UER 5 – DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES.
Nº O. C.F. Alta Denominación
22.848 2-17-67-10 Prof. en Cs. Económicas I
ARTÍCULO 5º.- Otórgase, al agente MARTIN SAEZ VIOR (Legajo Nº 36.957/1), a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación Especial para el Grupo Ocupacional Profesional, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTICULO 6º.- Otórgase, al agente MARTIN SAEZ VIOR (Legajo Nº 36.957/1), a partir de la fecha de su notificación, el Fondo Compensador, de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.”
ARTÍCULO 2º.- Déjase expresamente establecido que el CUIL correcto del agente MARTIN SAEZ VIOR (Legajo Nº 36.957/1), es 27-39826669-8, y no como se consignó en el Artículo 4º del Decreto Nº 2146/2022.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores SECRETARIOS DE ECONOMIA Y HACIENDA y DE GOBIERNO.
ARTICULO 4º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal.
Ab.
BLANCO BONIFATTI MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº 2804