Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº4081

Resolución Nº 4081

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 19/12/2022

Visto las presentes actuaciones, atento la nota presentada por FEDERICO EMANUEL BAEZ, DNI Nº 32.450.238, Contribuyente Nº 81.562, donde solicita efectuar un único pago anual en la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios o Tasa por Otros Servicios Municipales, atento lo establecido en el Artículo Nº 261 Inciso c) de la Ordenanza Fiscal vigente; y,

CONSIDERANDO:

Que el Articulo Nº 261 inc. c) de la Ordenanza Fiscal vigente expresa “…El pago de la tasa deberá efectuarse en el momento de otorgarse autorizaciones, cuando resulte pertinente, o en el tiempo y forma que para el resto de los casos establezca la Ordenanza Impositiva, según corresponda. Casos especiales: (…) c) Oficios y profesiones sin local: Se habilita una categoría especial de contribuyentes de esta tasa para quienes desarrollen oficios y profesiones, quienes tributarán bimestralmente desde su inscripción y podrán solicitar, a partir del ejercicio fiscal siguiente al de su inscripción, efectuar un único pago anual por un valor que fijará la Ordenanza Impositiva, siempre que reúnan las siguientes condiciones: 1) Para el desarrollo de su actividad sea imprescindible su trabajo personal y no requiera de un capital mayor al equivalente a 300 módulos.- 2) Que la facturación del año calendario inmediato anterior no supere un monto promedio mensual equivalente a los 170 módulos. 3) Que hayan cumplido con el pago de la presente tasa correspondiente a todos los bimestres exigidos por el primer ejercicio de actividad…”

Que, del informe del Departamento Recaudación, se desprende que la actividad desarrollada es personal y que no requiere de un capital mayor al de $45.600, $124.200 para año 2018 y 2021, respectivamente;

Que, la facturación no supera el monto promedio mensual de $25.840 y $70.280 para año 2017, 2020, respectivamente;

Que, el contribuyente ha cumplido con el pago de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios correspondiente a todos los bimestres exigidos por el primer ejercicio de actividad;

Que de acuerdo a lo normado en el Articulo Nº 52 inc. 15 de la Ordenanza Impositiva vigente establece “…Por los conceptos que se detallan a continuación, se abonarán los siguientes valores: (…) 15 -Casos especiales según Artículo 261º inciso c) de la Ordenanza Fiscal abonarán anualmente.5.00 módulos…”;

Que el Departamento Recaudación a fojas 8 segundo párrafo sugiere no hacer lugar a lo solicitado por expediente 0-1939/2021, presentado en fecha 05/04/2021, atento que lo solicitado se realizo fuera de término, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 5° y 6° de la Ordenanza Fiscal 2019 y 2020;

Que el Artículo 5º de la Ordenanza Fiscal vigente establece que "Para los casos en que las situaciones planteadas no se puedan resolver por las disposiciones pertinentes de esta ordenanza, serán de aplicación supletoria las disposiciones análogas que rigen la tributación municipal, provincial, nacional y subsidiariamente, los principios generales del derecho."

Que el Artículo 6º de la Ordenanza Fiscal vigente establece que "...El otorgamiento de exenciones, en cumplimiento de la presente Ordenanza, comenzará a regir desde la fecha de ingreso de dicha solicitud ; siempre que no se haya dispuesto otro criterio de otorgamiento para una tasa específica.";

Por lo expuesto, y en virtud de lo informado por el Departamento Recaudación a fojas 8 del expediente 0-2135/2021, el SUBSECRETARIO DE INGRESOS PÚBLICOS, en uso de las facultades delegadas por el Decreto Nº 2900/2021:

- RESUELVE -

ARTICULO 1°): Autorizar a FEDERICO EMANUEL BAEZ, DNI Nº 32.450.238, Contribuyente Nº 81.562, a realizar un pago único anual de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios para el año 2018 por un valor de PESOS SETECIENTOS SESENTA ($760.-), en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2°): Autorizar a FEDERICO EMANUEL BAEZ, DNI Nº 32.450.238, Contribuyente Nº 81.562, a realizar un pago único anual de la Tasa por Servicios Indirectos y Directos Varios para el año 2021 por un valor de PESOS DOS MIL SETENTA ($2.070.-), en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.-

ARTICULO 3°): Denegar lo solicitado por FEDERICO EMANUEL BAEZ, DNI Nº 32.450.238, mediante la cual solicita se le otorgue para los años 2019 y 2020, el beneficio establecido en el Articulo Nº 261 Inciso c) de la Ordenanza Fiscal, en un todo de acuerdo al considerando de la presente resolución

ARTICULO 4°): Cumplir, dar al R.O., notificar, tomar nota Departamento de Recaudación, y hecho, ARCHIVAR.-