Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2287/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 03/10/2022
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha
U.E. 11-01-0-4-0-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 28-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DIRECCION DE ZOONOSIS Y BIENESTAR ANIMAL.
Nº O. C.F. Alta Denominación
4341 6-18-69-01 Capataz General
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha
U.E. 11-01-0-4-0-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 28-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DIRECCION DE ZOONOSIS Y BIENESTAR ANIMAL.
Nº O. C.F. Alta Denominación Meses
13293 6-18-69-01 Capataz General 10
ARTÍCULO 3º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha
U.E. 11-01-0-4-0-00 – Institucional 1-1-1-01-08-000 – Prog. 28-00-00 – Fin. y Func. 3-1-0 – UER 8 – DIRECCION DE ZOONOSIS Y BIENESTAR ANIMAL.
Nº O. C.F. Alta Denominación
22855 4-02-66-01 Tecnico Inicial
ARTÍCULO 4º.- Desígnase, a partir de la fecha de su notificacion, a la señorita ROMINA EVA MARTINEZ (Legajo Nº 36.981/1 – CUIL. 27-31464211-1 ), en planta permanente y con carácter provisional, hasta el cumplimiento del plazo establecido en el artículo 4º de la Ley 14656, como TECNICO INICIAL (C.F. 4-02-66-01 – 36 hs. semanales – Nº de Orden 22.855), para cumplir funciones de control, inspectoria, sanidad y bienestar de los animales, con dependencia en el Departamento Sanidad y Control Animal. (U.E. 11-01-0-4-0-00).
ARTÍCULO 5º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificacion. a la agente mencionado mediante el Artículo 4º del presente Decreto, el ADICIONAL POR ACTIVIDAD CRITICA equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 6º.- Otórgase, a partir de la fecha de su notificacion a la agente mencionada mediante el Artículo 4º del presente Decreto, la Bonificación por Tarea Riesgosa e Insalubre del TREINTA Y CINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: 1-1-1-01-08-000 - Prog. 28-00-00 - Fin. y Fun. 3-1-0 – UER. 8 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1– P.p. 1 – P.Sp. 4.
Para Art. 5º: Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 3 – Ap. 1.
Para Art. 6º: Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 5 – Ap. 2.
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE SALUD y el señor SECRETARIO DE ECONOMIA Y HACIENDA A CARGO DE LA SECRETARIA DE GOBIERNO.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
v.v
BERNABEI BLANCO MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO EL Nº 2287