Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 2412/22
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 05/12/2022
ARTÍCULO 1º.- Designar a las agentes que seguidamente se detallan, en los cargos y establecimientos educacionales que se consignan, durante los períodos que se indican a continuación:
PRECEPTOR ENSEÑANZA INICIAL (C.F. 9-20-99-01)
MAESTRO DE AÑO (C.F. 9-11-99-01)
PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA (C.F. 9-01-99-02)
ARTÍCULO 2º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. a), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR ENSEÑANZA INICIAL de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN 1er. y 2do. CICLO ESCUELA PRIMARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 4º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 5º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. c), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN POR UBICACIÓN DOCENTE (Desfavorable I) del TREINTA POR CIENTO (30%) del sueldo básico que percibe, ad-referéndum Resolución expediente 8911-6-12.
ARTÍCULO 6º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. b), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN REMUNERATIVA 03/2014 de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Acordar, a la agente mencionada en el Artículo 1º Inc. c), durante el período que allí se indica, la BONIFICACIÓN PRECEPTOR ESCUELA SECUNDARIA de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 8º.- Acordar, a las agentes mencionadas en el Artículo 1º, durante los períodos que allí se indican, la BONIFICACIÓN ESPECIAL DOCENTE, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.
ARTÍCULO 9º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional 1-1-1-01-06-000 - UER 10 - F.Fin. 110 - Inc. 1 - para Sollazzo: Programático 24-00-00 – para Reduello: Programático 25-00-00 – para Perez: Programático 56-00-00 – Fin/Fun. 3-4-2 - P.P. 2 - P.p. 1 - P.Sp. 4 – para el Art. 2º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 1 - para el Art. 3º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 5 - para los Arts. 4º y 5º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 2 - para el Art. 6º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 14 - para el Art. 7º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 1 – Ap. 6 - para el Art. 8º: P.P. 2 - P.p. 2 - P.Sp. 3 – F.Fin. 131.
ARTÍCULO 10º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la Dirección de Personal.
p.m.
PUGLISI