Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 421
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 16/12/2022
Visto las presentes actuaciones, respecto a dispuesto en la Ordenanza Nº20.784, mediante las cuales se creó el Premio "Natty Petrosino" a la labor social solidaria en el ámbito del Partido de Bahía Blanca y,
CONSIDERANDO
Que la mencionada Ordenanza fue promulgada mediante el Decreto Nº 1940/2022, según consta a fs.19;
Que a fs.21/24 consta la designación de los integrantes del jurado para la selección del ganador del premio Natty Petrosino;
Que a fs. 25 el Honorable Concejo Deliberante emitió una Fe de Erratas, por haber detectado un error en la disposición transitoria primera de la Ordenanza Nº 20.784, la cual fue registrado bajo el Decreto Nº 3139/2022;
Que en el Anexo 1 del presente expediente, constan las solicitudes elevadas por los postulantes, según consta de f. 1 a fs. 53;
Que el día 31 de Octubre del corriente año, se reunió el jurado conformado para la selección del ganador del premio que dio origen a las presentes actuaciones, determinando la votación que la organización ganadora sea el Hogar Mamá Margarita y su fundadora, Sra. Nélida Inés Rodriguez de Agesta;
Que según consta a fs. 56, el Hogar Mamá Margarita, con domicilio en Moreno Nº 1268 de la ciudad de Bahía Blanca, es una entidad dependiente del Arzobispado de Bahía Blanca, motivo por el cual esta última será la entidad que recibirá el cobro del premio, consistente en pesos quinientos mil ($500.000.-).
Que el mencionado gasto cuenta con el visado del Departamento Contaduría General y a efectos de realizar el acto resolutivo correspondiente, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
- R E S U E L V E -
PRIMERO: Autorízase a Contaduría General a liquidar a favor del Arzobispado de Bahía Blanca, CUIT Nº 30-52907755-2, la suma total de pesos quinientos mil ($ 500.000.-), en concepto de subsidio por resultar el Hogar Mamá Margarita la organización ganadora del Premio "Natty Petrosino", de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de las presentes actuaciones.-
SEGUNDO: Dejar constancia que la Organización "Hogar Mamá Margarita", deberá presentar un informe antes del día 31 de diciembre del corriente año, indicando el destino del subsidio otorgado en el artículo primero.-
TERCERO: El presente gasto deberá imputarse a la Fuente: 110, Jurisdicción: 1110106000, Cat. Programática: 64.00, Gasto: 5.1.4.0 del Presupuesto de Gastos vigente.
CUARTO: Cúmplase, notifíquese a la entidad, tomen nota Departamento Contaduría General; gírese al Honorable Concejo Deliberante, dése al R.O. y ARCHÍVESE.-