Boletines/Pilar
Decreto Nº 995/18
Pilar, 14/03/2018
Corresponde al Expediente N° 21974/17
PILAR,
Visto
El expediente de referencia en el cual la Asociación Taller Protegido del Pilar “Mi Rincón”, solicita subsidio, y
Considerando
Que, la institución se encuentra reconocida por la Municipalidad del Pilar como Entidad de Bien Público, registrándose bajo el legajo N° 118,
Que, también cuenta con el reconocimiento Provincial, otorgado por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas con Legajo N° 55785,
Que, es una institución que creó un taller protegido para discapacitados de ambos sexos en edad laboral,
Que, la misma realiza actividades que no solo benefician a sus socios, sino también a la comunidad en general,
Que, procura la máxima capacitación técnica tendiente a abrir posibilidades de trabajo en el campo laboral común,
Que, apoya todo instrumento legal que asegure el ejercicio de los derechos y deberes del discapacitado,
Que, al no poseer sede propia para el desarrollo de sus actividades solicitan el apoyo económico al Municipio para solventar el alquiler anual.
Que, los Sres. Marcelo Alferj y Jesús Contreras estarían legitimados para hacer la presente petición, según constancia que se encuentra a fs. 25/27.
Que, han tomado la intervención que les compete la Secretaría de Economía y Hacienda, la Dirección de Contaduría y el Servicio de Asesoramiento Jurídico del Municipio,
EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL. EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO.= Otórguese en carácter de subsidio a la Entidad de Bien Público “Asociación Taller Protegido Del Pilar Mi Rincón” la suma de pesos ciento quince mil doscientos con 00/100 ($ 115.200,00.-), que se abonara en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde la firma del presente hasta diciembre del periodo fiscal en curso, destinados únicamente para gastos de alquiler del inmueble donde funciona la Institución. Con oportuna rendición de cuentas.
ARTÍCULO SEGUNDO.= El presente gasto será imputado a a Jurisdicción: 1.1.1.01.23.000 — F. Financiación: 1.1.0 — Cat. Programática 01.01 — U.E. 97 — Obj. Gasto 5.1.7.
ARTÍCULO TERCERO. = Dese al Registro Municipal, intervenga la Dirección de Contaduría, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.