Boletines/Pilar
Decreto Nº 986/18
Pilar, 14/03/2018
Corresponde al Expediente N° 112/2018 — 1891/2018
PILAR,
Visto
El expedíente N° 1891/2018, los artículos 151,273 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades aprobada por el Decreto Ley N° 6769/58 y sus modificatorias, y
Considerando
Que el Departamento Ejecutivo propicia mejorar la gestión de los activos físicos y la necesidad de dotar a la Comuna de Espacios de trabajo que promuevan la eficiencia, la transparencia, el cuidado del medio ambiente y la gestión responsable de sus áreas, mediante el llamado a una licitación pública a fin de procurar un inmueble/s, edificio o conjunto edilicio para ser destinado a la instalación de oficinas municipales.
Que a los fines de instrumentar dicha medida insta la realización de un llamado a licitación pública para la contratación de un leasing inmobiliario, con un plazo de diez (10) años, con opción a compra.
Que el objetivo de concentrar en edificios o conjuntos edilicios las oficinas de esta Municipalidad que en la actualidad se encuentran diseminadas en diversos y distantes inmuebles, la mayoría de ellos alquilados, se traduce en evitar Ineficlenclas administrativas y altos costos en Intercomunicación y presupuestarios.
Que a tales fines el Departamento Ejecutivo propicia una contratación que importará un compromiso presupuestario plurlanal, en cuanto al pago del canon del leasing inmobiliario por el plazo de diez (10) años.
Que el artículo 273 del Decreto Ley 6769/58 y sus modificatorias, establece que “El Departamento Deliberativo podrá autorizar planes de obras públicas, compras de elementos mecánicos para servicios públicos y otras contrataciones, comprometiendo fondos de más de un ejercicio. En tales casos, el Departamento Ejecutivo deberá formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los presupuestos.
Que en dicho marco y teniendo a la vista los Pliegos que regirán el llamado de licitación pública en cuestión, así como el proyecto de contrato, corresponde otorgar la autorización a los efectos del compromiso de fondos de más de un ejercicio, en los términos del citado art. 273.
Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 44/2018.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 44/2018, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Autoricese al Departamento Ejecutivo en los términos del art. 273 del Decreto-Ley 6769/58 y sus modificatorias, a comprometer fondos de más de un ejercicio, destinados al pago dei canon mensual, en el marco del procedimiento de licitación pública que propicia efectuar para la adquisición de ediflcio/s destinados a oficinas municipales, mediante la celebración de un contrato leasing inmobiliario por el plazo de diez (10) años.
ARTICULO 2°: Establécese que la autorización conferida por el artículo 1° alcanza únicamente al pago de los canon mensuales, siendo que para el supuesto de ejercer la opción de compra prevista, el Departamento Ejecutivo, deberá solicitar nueva autorización a este Cuerpo Deliberativo.
ARTICULO 3°: Pase a sus efectos, dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 22 de febrero de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Dirección de Edificios Públicos, Secretaría de Economía y Hacienda , Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.