Boletines/Pilar
Decreto Nº 976/18
Pilar, 14/03/2018
CORRESPONDE AL EXPEDIENTE Nº 20559/2017
Pilar,
Visto
El expediente 20559/17 mediante el cual la Entidad AYRES DE ESPERANZA- CENTRO COMUNITARIO, sito en calles Ravignani y Chutro, de la localidad de Del Viso, Partido Del Pilar, ha solicitado la eximición correspondiente al pago del Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo fiscal 2017, y
Considerando
Que lo solicitado encuadra dentro del marco de lo dispuesto por el Capítulo XII- Exenciones — Art. 72 inc. n) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria año 2017.
Que la Dirección de Relaciones Institucionales ha prestado su conformidad a fs. 14.
Que la Dirección de Rentas Comerciales se ha expedido favorablemente a fs. 17.
Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que las atribuciones del Sr. Intendente Municipal, se encuentran consagradas en el Art. 108, inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y los artículos 10 y 11 de la Ordenanza Fiscal vigente.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO.= Exímase a la Entidad AYRES DE ESPERANZA - CENTRO COMUNITARIO, sito en calles Ravignani y Chutro, de la localidad de Del Viso, Partido Del Pilar, del pago del Tributo por Inspección de Seguridad e Higiene por el periodo fiscal 2017, según lo establecido por el Capítulo XII — Exenciones- Art. 72° inc.n) de la Ordenanza Fiscal y Tarifaria Año 2017.
ARTÍCULO SEGUNDO.= Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Ingresos Municipales, Dirección de Registro de Organizaciones Comunitarias, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.