Boletines/Pilar
Decreto Nº 847/18
Pilar, 05/03/2018
Corresponde al Expediente N° 131/2018 — 2001/2018
Pilar,
Visto
El expediente referencia por el cual se crea el Plan de Prevención con Alarmas Monitoreadas y Botones Antipánico, y
Considerando
Que dicho Plan se crea con motivo de mejorar las condiciones preventivas en el partido y reforzar los medios de seguridad presentes en cada barrio, por lo cual se encomendó la instalación y entrega a la población de dispositivos basados en la coordinación de alarmas vecinales.
Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 51/2018.
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO PRIMERO = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 51/2018, cuya parte dispositiva dice:
ARTÍCULO 1°: Créase e impleméntese en el territorio del Partido Del Pilar, como política pública a desarrollar durante el año 2018, el Plan de Prevención con Alarmas Monitoreadas y Botones Antipánico.
ARTICULO 2°: Convalídese lo actuado por el Departamento Ejecutivo, a través de la Secretaría de Seguridad, en relación a la prueba piloto de implementación de dicho Plan en determinadas zonas del Partido durante en el año 2017.
ARTICULO 3°: Convalídense las entregas efectuadas por la Secretaría de Seguridad respecto de alarmas y otros dispositivos monitoreados para la prevención ciudadana a vecinos pilarenses a partir del mes de junio de 2017, en los términos del artículo 56 del Dec. Ley N° 6769/58, y de conformidad al detalle que consta en el ANEXO 1, que es parte integrante de la presente ordenanza.
ARTICULO 4°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a efectuar futuras entregas de alarmas y otros dispositivos monitoreados para la prevención ciudadana, a partir de la efectiva implementación del Plan creado en el artículo 1°, en cumplimiento del artículo 56 del Dec. Ley N° 6769/58. A tal efecto, apruébense los modelos de acta de entrega a vecinos de los premencionados dispositivos y alarmas, a utilizar por parte de la Secretaría de Seguridad, los que integran la presente ordenanza como ANEXO 2.
ARTICULO 5°: Pase a D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 22 de febrero de 2018.
ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Seguridad, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.