Boletines/Pilar

Decreto Nº843/18

Decreto Nº 843/18

Pilar, 05/03/2018

Corresponde al Expediente 134/18-5226/2017

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por el cual el Sr. ROJAS PANELO MARCELO, DNI N° 28.384.067, tramita el “Uso Conforme de Suelo” para “Area de Juegos Motrices Infantiles (Peloteros) y de Local Complementario para Fiestas Infantiles”, ubicado en el Centro Comercial “Torres del Sol”, “Burguer King”, de la empresa FAST FOOD SUDAMERICANA S.A., Partido Del Pilar.

El informe a fs. 105 de la Dirección de Planeamiento por el cual se ha verificado el cumplimiento de las condiciones exigidas para otorgamiento del “Uso Conforme de Suelo”.

Considerando

Que del total de los 13 vecinos consultados, 13 han dado su conformidad, cuya firma se verifica de fs. 87 a 100 del expediente de referencia.

Que de acuerdo al Código de Zonificación del Partido del Pilar, Ord. 10/85, corresponde a este Honorable Concejo Deliberante el otorgar el “Uso Conforme de Suelo” para emprendimiento de este tipo.

Que por ello el Honorable Concejo Deliberante se expidió sancionando la Ordenanza Nro. 50/2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTÍCULO PRIMERO. = Promulgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 50/2018, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: OTORGASE a la parcela cuya Nomenclatura Catastral es Circunscripción:, VI- Sección: H, Manzana: 33 a, Parcela: la, Parcela: 1 a, el “Uso Conforme de Suelo”, para “Area de Juegos Motrices Infantiles”, ubicado en el Centro Comercial “Torres del Sol”, Burguer King”, de la empresa FAST FOOD SUDAMERICANA S.A., Partido Del Pilar.

ARTÍCULO 2°: La presente autorización tendrá validez por TRES (3) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza. Cumplido dicho período y de no mediar causales impeditivas, a solicitud del iniciador, se verificaran las condiciones del entorno inmediato a efectos de prorrogar el permiso concedido por igual periodo de tiempo.

ARTÍCULO 3°: La obtención de la presente Ordenanza no implica la aprobación de planos o habilitación del emprendimiento.

ARTÍCULO 4°: Dispóngase que la presente autorización caducará automáticamente si el solicitante no iniciare los trámites correspondientes a la habilitación municipal, dentro de los SESENTA (60) días de la notificación de la presente.

ARTÍCULO 5°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 22 de febrero de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Jefatura de Gabinete, Subsecretaria de Planeamiento y Desarrollo Urbano, notifíquese a quien corresponda ,y con las debidas constancias archívese.