Boletines/Pilar

Decreto Nº842/18

Decreto Nº 842/18

Pilar, 05/03/2018

Corresponde al Expediente N° 614/12 13512/11-  615/12-9946/11 y Alc. 1

PILAR,

Visto

El expediente de referencia, por cuyas actuaciones se propicia la derogación de la Ordenanza Municipal 19/13 por medio de la cual se procedió a desafectar del dominio público municipal a la Porción de calle pública ubicada entre las identificadas catastralmente como Circ. 1, Sección E, Chacra 1, Fracción 1B, Parcela 13A, y Circ. 1, Sección E, Chacra 1, Manzana 16, Parcela 17C, con una superficie de 276,30 m2, y

Considerando

Que dicha desafectación debió realizarse en forma total, dado la existencia de dos vecinos linderos supuestamente interesados en la compra de la misma.

Que la desafectación parcial podría impedir al vecino lindero su salida hacia la vía pública.

Que dicha desafectación parcial incluía la venta de la calle por la suma de pesos setenta mil ($70.000) a favor del Sr. Tutundjian (Presidente de la firma Musmark S.A.)

Que dicho precio resulta modesto e irrisorio a valores actuales de venta, configurándose un perjuicio económico en contra del Municipio de Pilar.

Que la venta quedaría legalmente perfeccionada cuando se otorgue la correspondiente escritura traslativa de dominio a favor de Musmark S.A. y el plano de mensura y subdivisión debidamente aprobado.

Que nunca se ha otorgado la correspondiente escritura traslativa de dominio y menos aún se han aprobado los planos de mensura y subdivisión por parte del Municipio de Pilar.

Que por ello, el Honorable Concejo Deliberante se expide sancionando la Ordenanza N° 39/2018.

El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO. = Promúlgase para su debido cumplimiento la Ordenanza Municipal N° 39/2018, cuya parte dispositiva dice:

ARTÍCULO 1°: Deróguese el artículo 3° de la Ordenanza 19/13, de acuerdo a lo expuesto en el considerando.

ARTICULO 2°: Procédase a practicar una nueva tasación a efectos a establecer el precio de venta de la porción de calle desafectada del dominio público municipal mediante artículo 1° de la Ordenanza 19/13.

ARTICULO 3°: Pase al D.E., a sus efectos. Dada y sellada en el recinto de sesiones de este Honorable Concejo Deliberante, con fecha 22 de febrero de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO. = Dese al Registro Municipal, pase a la Subsecretaría de Planeamiento y Desarrollo Urbano, Dirección de Catastro Técnico, Secretaria de Economía y Hacienda, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.