Boletines/Campana
Decreto Nº 935/22
Campana, 27/10/2022
4016-26.040-0-2022
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el expediente Nº 4016-26.040-0-2022; y
Considerando
Que mediante nota de fecha 27 de septiembre de 2022, se elevó al Honorable Concejo Deliberante el Proyecto de Ordenanza, por el cual se propicia aceptar las donaciones efectuadas por la Asociación Cooperadora del Hospital San José, consistente en: 2 (dos) monitores de presión arterial automáticos marca OMROM, con destino a Consultorios Externos, 2 (dos) electrocardiógrafos marca CARDIOTÉCNICA, modelo RG606, con destino uno de ellos a Consultorios Externos y el otro al Sector Guardia, 1 (una) multiprocesadora familiar ATMA, 1 (una) multiprocesadora familiar SKYMSEM, 1 (un) freezer marca ULTRAFREEZER RIGHI 200-86 LH, con capacidad de 200 litros en línea horizontal, con destino en el sector Cocina; y la Donación de un Particular, consistente en 1 (una) mesa metálica de acero inoxidable con ruedas; 2 (dos) estanterías metálicas, 4 (cuatro) cajas de cubiertos descartables y 2 (dos) rollos de 200 metros de film, con destino al sector Cocina.
Que el día 26 de octubre de 2022, el Departamento Deliberativo notificó la sanción de la respectiva Ordenanza, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 19 del mismo mes y año, la que fue registrada por ese Cuerpo con el Nº 7417.
Que dicha norma debe ser promulgada por el correspondiente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo debe realizarse en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Promúlgase la Ordenanza Nº 7417 sancionada por el Departamento Deliberativo, en la Sesión Ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2022.-
ARTÍCULO 2º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3º.- Cúmplase, regístrese; comuníquese; publíquese y archívese.-