Boletines/Campana
Decreto Nº 855/22
Campana, 04/10/2022
Expediente Nº 4016-25873-2022. Adquisición de cuatro viviendas industrializadas.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), las Leyes Provinciales N° 15310 y 14812, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, el Decreto N° 184/22 (t.v.); la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), los Decretos Nº 184/2022 (t.v.) y Nº 687/2022 y el Expediente Municipal Nº 4016-25873-2022; y
Considerando
Que la Jefatura de Gabinete, en virtud de la Urgencia planteada por la Subsecretaría de Desarrollo Social y Hábitat; promueve la compra directa en el marco de las leyes provinciales N° 15310 y 14812, para la construcción de cuatro (4) viviendas industrializadas para el traslado de familias que actualmente usurpan terrenos linderos a la costanera de la Ciudad de Campana.
Que obra informe circunstanciado de la Jefatura de Gabinete, mediante el cual manifiesta la urgencia de la medida a adoptar, todo vez que en el Proveído de fecha 25 de marzo de 2021, el Juzgado Federal de Campana, en el expte N° 112097/2018, en los autos “Agencia de Administración de Bienes del Estado y Otro c/ Intrusos y/u ocupantes del predio ubicado dentro del cuadro de Estación Campana Ferrocarril Mitre Ramal GM 1 y otros s/Lanzamiento Ley 17.091” en el Punto I, solicita a la Municipalidad de Campana, adjunte en debida forma la propuesta de relocalización que ésta le efectuara a los ocupantes.
Que asimismo, en el Proveído de fecha 18 de agosto de 2022, el Juzgado Federal de Campana, en los autos mencionados, en el Punto II, ordena se libre mandamiento de intimación y lanzamiento contra los ocupantes de las construcciones identificadas en el mismo.
Que en virtud de ello, se determinó la realización del mandamiento de intimación y lanzamiento ordenado, para el dia 06 de octubre de 2022 a las 08:30 hs.
Que como consecuencia de ello, la Municipalidad de Campana, debe adoptar las medidas tendientes a relocalizar a las familias que serán desalojadas en la fecha fijada por lo que se le da intervención a la Secretaria de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana.
Que toma conocimiento la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana.
Que obra informa de la Dirección General de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro. Que la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana incorpora Memoria Descriptiva e Informe Técnico.
Que luce Planilla de Cómputo y Presupuesto y Planos.
Que la Dirección de Presupuesto informa la imputación presupuestaria.
Que la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras.
Que luce solicitud de pedido N° 3508.
Que la Dirección de Compras considera oportuno proseguir con las actuaciones bajo el procedimiento de la Ley Provincial N° 14.812
Que obra Solicitud de Gastos N° 1 – 3504.
Que luce presupuesto por 4 (cuatro) casas industrializadas por un monto total de Pesos Quince Millones con 00/100 ($ 15.000.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
Que obra presupuesto para la instalación de 4 (cuatro) casas industrializadas por un monto total .
Que obra informe de la Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana mediante el cual manifiesta que los montos son los corrientes en plaza y que las empresas cumplen con los requisitos.
Que el Presupuesto Oficial asciende a la suma total de Pesos Veintitrés Millones Cuatrocientos Mil con 00/100 ($ 23.400.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).
Que interviene la Jefatura de Gabinete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que conforme a lo normado por la Ley Provincial N° 14812, prorrogada por la Ley Provincial 15310 esta operación se encuadra en la Emergencia en materia de Infraestructura, Hábitat, Vivienda y Servicios Públicos.
Que resulta necesario proceder al dictado del pertinente acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que en consecuencia, la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Compra Directa al Proveedor VILLAVERDE HUGO DOMINGO (C.U.I.T N° 23- 13020038-9), para la Adquisición de cuatro viviendas industrializadas, por la suma total de Pesos Quince Millones con 00/100 ($ 15.000.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). en el marco de la Ley Provincial N° 14812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15310, por las razones expuestas en el Considerando del presente, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-25873/2022.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese la Compra Directa al Proveedor VILLAVERDE HUGO DOMINGO (C.U.I.T N° 23- 13020038-9), para la Instalación de cuatro viviendas, por la suma total de Pesos Ocho Millones Cuatrocientos Mil con 00/100 ($ 8.400.000,00.-), incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). en el marco de la Ley Provincial N° 14812 prorrogada por la Ley Provincial N° 15310, expuestas en el Considerando del presente, y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-25873/2022.-
ARTÍCULO 3º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110106000 “Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Categoría Programática 20.57.00 “Viviendas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 4.2.1.0 “Construcciones en Bienes de Dominio Privado”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2022.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana Interino; el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese y archívese. -